REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 07 de julio de 2015
205° y 156°

Oficio N° JS/CPCA-2015-326
Procuraduría General de la República
Presente.-

A los fines de su notificación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 86 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, cumplo con remitirle copias certificadas del escrito de pruebas presentado en fecha (03) de junio de dos mil quince (2015), por el abogado Fernando José Valera Romero, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 91.434, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil Seguros La Occidental y del auto dictado en fecha 02 de julio de 2015, en el expediente número AP42-G-2011-000262, contentivo de la demanda por cumplimiento de contrato y ejecución de fianza de fiel cumplimiento conjuntamente con medida de embargo preventivo sobre bienes muebles interpuesta por el abogado José Ramón García Martínez, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Alcaldía del Municipio Cabimas del estado Zulia, contra las sociedades mercantiles Construcciones, Servicios y Mantenimientos Camino Nuevo, C.A. y Compañía Anónima Seguros La Occidental.
Dios y Federación,


Belén Serpa Blandín
Juez de Sustanciación

Anexo: Lo indicado.
BSB/AV/evsl/msb
Exp. N° AP42-G-2011-000262