REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara

ASUNTO: KP02-L-2014-001456

PARTE DEMANDANTE: ALBERTO ANTONIO MENDOZA TORRELBA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 26.076.769.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE: ALBERTO JOSÉ YAGUAS y JORGE RODRÍGUEZ, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 79.343 y 90.085 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: PANADERÍA, PASTELERÍA Y CHARCUTERÍA LA MANSIÓN DE PIOLÍN C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOHANNA LEÓN y EDINSON MUJICA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 72.129 y 47.956 respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.

Hoy 09 de julio de 2015 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, el Tribunal deja constancia que anunciada como fue la misma por el alguacil GABRIEL MARTÍNEZ, compareció por la parte demandada su apoderada judicial Abogada Johanna León Mujica, antes identificada. Así mismo, se hace contar que la parte demandante no compareció por si ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.

Abg. Ana Mercedes Sánchez V.
Juez Temporal
Secretaria
Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda.

Alguacil Parte demandada