REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 28 de julio de 2.015
205º y 156º
Vista la Tercería presentada en fecha 13 de julio del año en curso, por el abogado WILFREDO CHOMPRE LAMUÑO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 34.179, procediendo en este acto como apoderado judicial de la parte actora, ciudadanas DANIELA FLORIMIL PEREZ y MARIA FERNANDA PEREZ, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 19.406.560 y V- 19.406.561, respectivamente. SE ADMITE cuanto ha lugar en derecho de conformidad con lo establecido en los artículos 370 y 382 del Código de Procedimiento Civil. Emplácese a la parte demandada, ciudadano FRANCISCO ANTONIO MARCANO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula Nº V- 8.390.652, domiciliado en Nueva Esparta, para que comparezcan por ante éste Tribunal dentro de los Veinte (20) días de Despacho siguiente, mas ocho (08) días de despacho, que se le conceden como termino de distancia, a partir de la fecha a que conste en autos su citación, a dar contestación a la demanda, a cuyo efecto se ordena compulsar copia certificada del escrito de la demanda de tercería con la orden de comparecencia. Se Comisiona lo suficiente a un Tribunal Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial de Nueva Esparta. Expídase la copia certificada de conformidad con lo establecido en el artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese compulsa, despacho con oficio.
Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano,
La Juez Titular,
Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior.-
El Secretario