REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 15 de junio de 2015
205º y 156º
ASUNTO: AP11-V-2015-000140
Vista la prueba promovida mediante escrito consignado en fecha 12 de junio de 2015, por el abogado EDGAR COLMAN V., inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº 44.426, quien actúa en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana MARÍA ALEXANDRA MORALES TARANTO; este Tribunal en virtud de que se encuentra dentro de la oportunidad legal correspondiente, ordena agregarla a los autos y pasa de seguidas a pronunciarse en cuanto a su admisión o no en los siguientes términos:
DE LA PRUEBA PROMOVIDA POR LA PARTE DEMANDANTE
1) DOCUMENTALES: En lo atinente a esta probanza y vista la prueba documental promovida por la parte demandada, constante de dos (02) folios útiles y anexos constante de veintiséis (26) folios útiles, respectivamente, el Tribunal la ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser las mismas manifiestamente ilegales, ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva.
El Juez,
Abg. Carlos A. Rodríguez Rodríguez
El Secretario,
Abg. Oscar L. Medina Coronado
Asistente que realizo la actuación: LR