REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 3 de Junio de 2015
205° y 156°
Visto el oficio Nº 2015-330, de fecha 18 de Mayo del año que discurre y recibido en éste Órgano Jurisdiccional en fecha 01 del presente mes y año, emanado del Tribunal Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y suscrito por el Juez del referido Despacho Judicial Dr. LUÍS TOMÁS LEÓN SANDOVAL, mediante el cual da contestación al requerimiento efectuado por ésta alzada en data 7 de mayo de 2015, mediante comunicación nº 2015-A-0171; éste Órgano Jurisdiccional en uso de sus atribuciones legales acuerda agregarlo a la presente causa a los fines que surtan el efecto legal correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 107 del Código de Procedimiento Civil y 72.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. CÚMPLASE
EL JUEZ,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA.
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Exp. Sup. 7 C.M.T.B nº AP71-R-2015-000190 (561)