REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

Valencia, 11 de junio de 2015
205º y 156º

Visto el contenido de la demanda y sus recaudos anexos, presentado por la ciudadana EDITH DEL ROSARIO RIVAS HENRIQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 9.444.227, asistida en este acto por la abogada MIGDALIA GONZALEZ ALVAREZ, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 35.399, de este domicilio, por cuanto la demanda está fundada en una de las causales de divorcio legalmente establecidas en el Código Civil, como lo requiere el Artículo 755 del Código de Procedimiento Civil, se admite cuanto ha lugar en derecho, y por cuanto no se encuentra llenos los extremos para demostrar que la parte demandada ciudadano CESAR ENRIQUE HEREDIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.064.771, no se encuentra dentro del territorio Nacional, es por lo que esta Juzgadora ordena Oficiar al Servicio Autónomo De Identificación, Migración Y Extranjería (SAIME), a los fines de que informe sobre los movimientos migratorios del mismo, a los fines de establecer el procedimiento para su citación, y se ordena la notificación correspondiente a la del Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia del Estado Carabobo. Líbrese boleta de notificación. Líbrese Oficio.



Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
El Secretario

En la misma se libró boleta de notificación y oficio.
El Secretario