REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 08 de junio de 2015
205° y 156°
Visto los escritos de pruebas de fechas 21 y 25 de mayo del año en curso, y visto el escrito de fecha 25 de mayo del presente año, presentados por el abogado OSWALDO ROJAS BRICEÑO, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 23.305, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, el Tribunal pasa a resolver sobre la admisión, únicamente del escrito de pruebas presentado en fecha 25 de mayo del año 2015, por cuanto el escrito de pruebas de fecha 21 de mayo, fue desistido por el promovente, por lo cual esta Juzgadora pasa a decidir lo siguiente:
CAPITULO I y II
DE LA INSPECCION JUDICIAL:
Por lo que respecta a este capitulo, de la inspección judicial, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente. En consecuencia, se ordena comisionar al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, para que este Tribunal se traslade y se constituya en la dirección señalada en el referido capitulo, a los fines de que tenga lugar la inspección judicial promovida. ASI SE DECIDE.
CAPITULO III
DE LOS INFORMES:
Por lo que respecta a este capitulo, Se admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se acuerda oficiar a la Oficina de Legitimaciones de Capitales del Servicio Autónomo den Registro y Notarias (SAREN), diarios El Nacional, El Universal, El País, Ultimas Noticias y a la Fiscalia Séptima del Ministerio Publico del estado Guarico. ASÍ SE DECIDE
Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En la misma fecha se libro oficio.
El Secretario