REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 25 de Junio de 2015
Años 205º y 156º

ASUNTO: GP01-R-2015-000082
PONENTE: MORELA FERRER BARBOZA.-

En virtud del Recurso de Apelación interpuesto por la ciudadana RUTH MERY PINEDA RAMIREZ, en su condición de victima, asistida por la Abogada GENESIS CHACON ARMAS, contra la decisión de fecha 22/01/2015 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Tribunal de Violencia Contra la mujer de esta Circunscripción Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-S-2014-002084, mediante la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del imputado LEONARDO ADRIAN ROMERO ARAUJO, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Interpuesto como fue el presente recurso, el tribunal a quo dio el tramite de ley y emplazo a la Representación Fiscal y a los Abogados defensores MARIANELVIA RODRIGUEZ y CESAR CHACA, así como al imputado LEONARDO ROMERO, quienes quedaron debidamente emplazados en fechas 18/02/2015, 8/02/2015, 18/2/2015 y 18/02/2015 respectivamente, presentando contestación al presente recurso la Abogada MARIANELVIA RODRIGUEZ y la Representación Fiscal el día 23/2/2015, remitiéndose los autos a esta Corte de Apelaciones en fecha 27/02/2015, siendo que en fecha 03/03/2015, se dio cuenta en Sala del presente asunto, correspondiendo por distribución computarizada como ponente a quien con tal carácter suscribe Jueza Superior Sexta ABG. MORELA FERRER BARBOZA.

En fecha 24/03/2015 se aboca al conocimiento de la causa, previa su convocatoria, la Juez ADAS MARINA ARMAS DIAZ, en virtud de suplir la ausencia temporal de la Juez Superior Nº 6 de la Sala 2, MORELA FERRER BARBOZA, quien se encuentra de reposo médico, quedando constituida esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones por las Juezas, ELSA HERNÀNDEZ GARCÌA, Jueza Superior Nº 4, DEISIS ORASMA DELGADO Jueza Superior Nº 5, y ADAS MARINA ARMAS DIAZ Jueza Superior Nº 6 (Temporal).

En fecha 08/04/2015 asume nuevamente el conocimiento de la causa, la Juez Superior Nº 6 MORELA FERRER BARBOZA, quien se encontraba de reposo médico, quedando constituida esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones por las Juezas, ELSA HERNÀNDEZ GARCÌA, Jueza Superior Nº 4, DEISIS ORASMA DELGADO Jueza Superior Nº 5, y MORELA FERRER BARBOZA Jueza Superior Nº 6.

Esta Sala de conformidad al artículo 443 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con el artículo 108 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las Mujeres a una vida libre de Violencia, a los fines de admitir o no este recurso, observa:

PRIMERO: El recurso ha sido interpuesto por la ciudadana RUTH MERY PINEDA RAMIREZ, en su condición de victima, asistida por la Abogada GENESIS CHACON, quiénes conforme se desprende de las actuaciones originales, posee la condición de victima, de autos y por lo tanto se encuentra legitimada para ejercerlo.

Se desprende de los autos que la decisión recurrida fue dictada en fecha 22/01/2015; que la recurrente queda debidamente notificada de la decisión que se recurre en fecha 10/02/2015, mediante llamada telefónica, tal y como hace constar la Secretaria de dicho Tribunal en la certificación de días de despacho inserta al folio doscientos quince (215) del presente recurso, interponiendo recurso de apelación en fecha 13/2/2015; es por lo que se observa que el recurso fue interpuesto al TERCER DIA HABIL luego de la de la debida notificación de la victima, es decir, que el recurso fue interpuesto al TIEMPO HABIL DE LEY. Y así se hace constar.

TERCERO: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal vigente.


DECISIÓN:

En consecuencia, esta Sala 2 de la CORTE DE APELACIONES DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY declara; ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por la ciudadana RUTH MERY PINEDA RAMIREZ, en su condición de victima, asistida por la Abogada GENESIS CHACON ARMAS, contra la decisión de fecha 22/01/2015 dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Tribunal de Violencia Contra la mujer de esta Circunscripción Judicial Penal del estado Carabobo, en el asunto principal Nº GP01-S-2014-002084, mediante la cual DECRETO EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del imputado LEONARDO ADRIAN ROMERO ARAUJO, por la presunta comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, de conformidad al artículo 424 del Código Orgánico Procesal Penal vigente, y en cumplimiento al trámite procesal respectivo, siguiendo el tramite conforme a lo establecido en la sentencia 997 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia con ponencia del magistrado Arcadio Delgado Rosales. Notifíquese a las partes.

JUEZAS DE LA SALA


MORELA FERRER BARBOZA
Ponente



ELSA HERNANDEZ GARCIA DEISIS ORASMA DELGADO


Secretario;
Abg. Carlos López Castillo.