REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, treinta de junio de dos mil quince
205º y 156º


N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-001612.
PARTE ACTORA: GIOVANNI JESUS ANDRADE.BRICEÑO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: JESUS JAVIER VELASQUEZ.
PARTE DEMANDADA: ENFERMEDAD OCUPACIONAL.
APODERADO JUDICIAL PARTE DEMANDADA: IVAN HERMOSILLA.
MOTIVO: ENFERMEDAD PROFESIONAL.

En el día hábil de hoy, 30 de Junio de 2015, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa; habiéndose efectuado el llamado de Ley; por ante este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadano GIOVANNI JESUS ANDRADE BRICEÑO, titular de la cédula de identidad N° 12.035.506; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno. Presente el Abogado en ejercicio IVAN HERMOSILLA, inscrito en el Ipsa bajo el N° 61.227; en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada POLAR COMERCIAL, C.A.- En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-

PUBLIQUESE. REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.

La Jueza,

FARIDY SUAREZ COLMENARES.

La Secretaria,


MARIA ELENA FUENTES.




En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 11:30 a.m.-


LA SECRETARIA,

MARIA ELENA FUENTES.