REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGIÓN CAPITAL. Caracas, veinticuatro (24) de marzo de dos mil quince (2015)
204° y 156°
Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por la abogada NOEMI ROMERO QUIJANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 137.061, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano HEILES HEREDIA VALDERRAMA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 25.942.385, parte querellante, en el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto contra el INSTITUTO SOCIALISTA DE LA PESCA Y LA ACUICULTURA (INSOPESCA), adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Agricultura y Tierras, se admiten cuanto ha lugar en derecho las pruebas documentales promovidas en el Capitulo I, marcado con la letra “A” del citado escrito, por no ser las mismas manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la definitiva de conformidad con lo establecido en el artículo 429 y siguientes del Código de Procedimiento Civil.
LA JUEZA,
Dra. HELEN NAVA DE URDANETA
EL SECRETARIO,
LUÍS ARMANDO SÁNCHEZ
Exp. No.007549
valen