REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, trece (13) de marzo de 2015.- Años 204 y 156
Vista la diligencia de fecha 09.03.2015, suscrita por la abogada ZULEVA ÁLVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.878, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita sea suspendida la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada el día 12.04.2011, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, este Tribunal a los fines de proveer observa: de la revisión a las actas procesales del presente expediente se evidencia que, la transacción presentada en fecha 20.02.2015, en este Tribunal de Alzada, en el cuaderno principal, específicamente en la cláusula sexta, ambas partes estuvieron de acuerdo sobre la suspensión de la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por auto dictado el día 24.01.2011, lo cual no coincide con la petición realizada por la representación judicial de la parte demandada, razón por la cual niega la misma e insta a que aclare su solicitud de levantamiento de medida cautelar. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR,
DR. VICTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
LA SECRETARIA,
ABG. MARÍA ELVIRA REIS.-
AP71-R-2014-001246