REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, cuatro (04) de marzo de 2015.- Años 204 y 156

Vista la diligencia de fecha 02.03.2015, suscrita por la abogada ZULEVA ÁLVAREZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 117.878, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual solicita aclaratoria del auto dictado el día 24.02.2015, específicamente en lo que se refiere a su representación, este Tribunal acuerda en conformidad. En consecuencia, se deja expresa constancia que la mencionada abogada es apoderada judicial de la parte demandada, ciudadanos GIUSEPPE NIGRO YACOPELLA e HILDA MAGALY BLANCO DE NIGRO y no de la parte demandante, quedando de esta forma subsanada el error material involuntario. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES
LA SECRETARIA,

ABG. MARIA ELVIRA REIS.
Exp Nº AP71-R-2014-001246
VJGJ/MER.-