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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Caracas, 12 de Marzo de 2015
 204º   y   156°
 Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones, la documentación acompañada y las justificaciones evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, y conforme con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara TITULO SUPLETORIO sobre las bienhechurías  que se contrae la presente solicitud, a favor de el ciudadano LUIS MANUEL BOLIVAR RON, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. V-18.597.717 Así se decide.-
 Devuélvase el presente título supletorio en original con sus resultas.- Cúmplase.
 LA JUEZ,
 
 
 
 
 MARÍA DEL CARMEN GARCÍA HERRERA
 LA SECRETARIA
 
 
 
 
 ARELIS FALCÓN
 EXP. AP31-S-2014-011242
 MDCGH/AF/Royner
 
 
 
 
 
 Quien suscribe: ARELIS FALCÓN, secretaria del TRIBUNAL VIGESIMO TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de sus originales, el cual corre inserto en el Expediente distinguido con el N° AP31-S-2014-011242, contentivo de la solicitud de TITULO SUPLETORIO, presentada por el abogado en ejercicio OLIVER ALEXANDER ARAQUE MARQUEZ, inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 80.210. La presente copia es elaborada y certificada por Secretaría, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Caracas, 12-03-2015.- Años 204° y 156°
 LA SECRETARIA
 
 
 
 
 ARELIS FALCÓN
 
 
 
 
 
 
 Exp. Nº AP31-S-2014-011242
 MDCGH/AF/Royner
 
 
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