REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Años, 204° y 155°
ASUNTO: KP02-L-2014-001324
PARTE DEMANDANTE: KRISBELL ACEVEDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-14.451.172.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDANTE: MIGUEL TORRES, en su condición de Procurador Especial del Trabajadores del estado Lara.
PARTE DEMANDADA: HIDRENKA, C.A.
MOTIVO: COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 03 de Marzo de 2.015, siendo las nueve y media de la mañana (09:30 a.m.) comparecen de manera voluntaria al presente acto, la ciudadana KRISBELL GREGORY ACEVEDO SAAVEDRA, titular de la cédula de identidad V-14.541.172, parte actora y por la parte demandada HIDRENKA, C.A., el ciudadano PEREZ PABLO JOSE, titular de la cédula de identidad N° V. 12.370.366, en su condición de Gerente de la empresa. Visto que el presente asunto se encuentra en fase de ejecución, la parte demandada para dar por terminado el asunto ofrece en este mismo acto la cantidad VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS ONCE CON SIETE CENTIMOS (Bs. 21.811,07) cheque a nombre de la ciudadana KRISBELL GREGORY ACEVEDO SAAVEDRA, que incluye todos los conceptos reclamados por el actor, con el cual la demandante nada queda que reclamar a la demandada, ni por estos ni por ningún otro concepto.
La parte demandante ciudadana KRISBELL GREGORY ACEVEDO SAAVEDRA toma la palabra y expone: con el propósito de dar por terminada el presente asunto acepta el monto de VEINTIUN MIL OCHOCIENTOS ONCE CON SIETE CENTIMOS (Bs. 21.811,07), monto total de la sentencia definitiva de fecha 10/02/2015, que incluye todos los conceptos reclamados.
Este Tribunal, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de la trabajadora, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente. Es Todo.-
LA JUEZ
ABG. COLMENARES MARBETH LORENA
LA SECRETARIA,
ABG. NOHEMÍ ALARCÓN
PARTE DEMANDANTE
PARTE DEMANDADA
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