REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 19 de marzo de 2015
204° y 156°

Visto los escritos de pruebas de fecha 29 de septiembre y 23 de octubre de 2014, presentados por el abogado ROBERT RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 19.238, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio MULTISERVICIOS PETRUCELLI C.A, parte co-demandante en la presente causa, el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:

CAPITULO I
POSICIONES JURADAS:
En cuanto a las pruebas de posiciones Juradas, el Tribunal la admite en cuanto ha lugar en derecho, reservando su apreciación en la definitiva. En consecuencia, el Tribunal fija para que sea absuelta la parte demandada ciudadano, DOMENICO PETRUCCELLI, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº. V-7.109.803, al tercer (3°) día de despacho siguiente a que conste en autos su citación, a las 10:00 (a.m.) de la mañana, a fin de que absuelva las posiciones juradas que le formulará la parte demandante en el referido juicio. Igualmente se fija el día de despacho siguiente a que conste en autos el anterior acto de posiciones juradas, a las 10:00 (a.m.)de la mañana, para que la parte demandante absuelva las posiciones juradas que a bien tenga estamparle la parte contraria. Así se decide. Líbrese boleta de citación.


Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
El Secretario
En esta misma fecha se libro citación.

El Secretario