REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 24 de marzo de 2015
203º y 156º

Visto el escrito de demanda presentado por el ciudadano JOSE MANUEL YUVERO, cubano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 82.286.374, asistido en este acto por la abogada NANCY FISCHER, inscrita en el inpreabogado bajo el N° 21.527, en el cual demanda por ACCION MERODECLARATIVA y LUQUIDACION Y PARTICION, este Tribunal para pronunciarse con respeto a la Admisibilidad de la demanda observa:
El tribunal al revisar exhaustivamente la demanda se observa que la parte demandante ha acumulado a la demanda de existencia de un derecho y la partición de bienes, por cuanto solicita que se haga la partición correspondiente del único bien adquirido; en ese sentido la Sala Constitucional de Tribunal Supremo de Justicia ha venido sosteniendo la improcedencia de estas dos pretensiones acumuladas en un mismo libelo de la demanda, por lo tanto es menester y necesario que antes de solicitarse la liquidación y partición de los bienes adquiridos en una sociedad de hecho, como en el presente caso debe mediar sentencia definitivamente firme dictada por un tribunal de primera instancia en lo civil donde se reconozca el derecho alegado, vale decir la existencia de comunidad Concubinaria; por tales razones este Tribunal acogiendo la sentencia de vieja data de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Niega la admisión de la demanda interpuesta por el ciudadano JOSE MANUEL YUVERO, cubano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° E- 82.286.374, de conformidad con el articulo 341 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide


Abg. Isabel Cristina Cabrera de Urbano
Juez Titular
Abg. Juan Carlos López
Secretario