REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Valencia, 06 de mayo de 2015
205° y 156°

Visto el escrito de pruebas de fecha 22 de abril del año en curso, presentado por la abogada CARMEN ROSA RODRIGUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 54.551, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada en la presente causa, el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:
CAPITULO I
DEL MERITO FAVORABLE:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Así se Decide.
CAPITULO II
DE LAS TESTIMONIALES:
Por lo que respecta a este capitulo, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva. Asì se Decide. En consecuencia, se fija el tercer (3º) día de despacho siguiente al de hoy a las Nueve, Nueve y Treinta, Diez, y Diez y treinta de la mañana (09:00, 09:30, 10:00 y 10:30 a.m.) para tomarle declaración a los ciudadanos, FADY KHAYAR, JOSE MARTIN SALAS, ROGER SOTO y DANIEL VERDECCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V- 13.967.439, V- 8.848.545, V- 10.569.487 y 7.921.903, respectivamente en su orden.
CAPITULO III
DE LA INSPECCION JUDICIAL:
Por lo que respecta a este capitulo, de la inspección judicial, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente. En consecuencia, se fija para el octavo (8vo) día de despacho siguiente al de hoy a las (10:00) de la mañana, para que este Tribunal se traslade y se constituya en la dirección señalada en el referido capitulo, a los fines de que tenga lugar la inspección judicial promovida. Asì se Decide.



Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
Juez Titular

Abg. Juan Carlos López
El Secretario