REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA DOS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Sala 2 Corte de Apelaciones Penal - Valencia
Valencia, 21 de Mayo de 2015
Años 205º y 156º

ASUNTO: GP01-R-2015-000112
ASUNTO PRINCIPAL: GP01-S-2015-000306
Ponente: ELSA HERNANDEZ GARCIA


Corresponde a esta Sala conocer el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada ENELDA MARINAS OLIVEROS, defensora Pública Primera en materia sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 del Tribunal de Violencia Contra la Mujer, publicado su auto motivado en fecha 02 de Marzo de 2015, mediante la cual Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido LUIS ERNESTO JIMENEZ GADEA, en el asunto principal Nº GP01-S-2015-000306, por la presunta comisión del delito de: FEMINICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 57 DE LA Ley Orgánica para el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y con atención a la frustración de conformidad con el articulo 80 del Código Penal.

Dado el trámite legal al recurso de apelación, el juzgador A quo remitió las actuaciones a la Corte de Apelaciones, dándosele entrada a dicha causa en esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones en fecha 24 de Marzo de 2015, quedando asignada la ponencia a la Juez Superior Nº 4, Dra. ELSA HERNANDEZ GARCÍA.

Mediante auto de fecha 24-03-2015, se aboca al conocimiento de la causa la Jueza Superior Nº 6 Temporal Adas Marina Armas Díaz, en virtud de suplir a la Juez Superior, Morela Ferrer Barboza quien se encuentraba de reposo médico, quedando constituida la sala por las Juezas Superiores Elsa Hernandez Garcia Nº 4, Deisis Orasma Delgado Nº 5 y Adas Marina Armas Díaz Nº 6 (temporal). Désele entrada. Cúmplase.


Mediante auto de fecha 08-04-2015, se aboca al conocimiento de la causa, la Juez Superior MORELA FERRER BARBOZA, luego de concluido el reposo medico; quedando constituida esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones por las Juezas ELSA HERNÀNDEZ GARCÌA, Juez Superior Nº 4, DEISIS ORASMA DELGADO Juez Superior Nº 5, y MORELA FERRER BARBOZA Juez Superior Nº6.


Esta Sala encontrándose dentro del lapso previsto en el artículo 442 del Código Orgánico Procesal Penal vigente y de conformidad con el artículo 428 ejusdem, observa:

PRIMERO: Que el recurso de Apelación fue ejercido por la abogada ENELDA MARINAS OLIVEROS, defensora Pública Primera en materia sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, por tanto posee legitimidad para ejercer dicho recurso tal como consta en las actuaciones.

SEGUNDO: Que la decisión cuyo recurso de apelación se solicita, fue publicado su auto motivado en fecha 02 de marzo de 2015, no libranodo boletas de notificación de la recurrida por cuanto fue publicada dentro del tiempo legal; ejerciendo la referida defensora recurso de apelación en fecha 05 de Marzo de 2015, es decir, al tercer día de despacho, es por lo que dicho medio de impugnación se tiene como presentado en el tiempo hábil de Ley, como lo señala la secretaria del Tribunal A quo en la certificación inserta al folio veintiuno (21) de la presente causa; asimismo se evidencia que la representación quedó debidamente emplazada en fecha 09-03-2015, presentando escrito de contestación en fecha 12-03-2015.

TERCERO: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa del Código Orgánico Procesal Penal.

DECISIÓN

En consecuencia esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: ADMITIDO el presente recurso de apelación interpuesto por la Abogada ENELDA MARINAS OLIVEROS, defensora Pública Primera en materia sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, en contra de la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en función de Control Nº 02 del Tribunal de Violencia Contra la Mujer, publicado su auto motivado en fecha 02 de Marzo de 2015, mediante la cual Decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad a su defendido LUIS ERNESTO JIMENEZ GADEA, en el asunto principal Nº GP01-S-2015-000306, por la presunta comisión del delito de: FEMINICIDIO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el articulo 57 DE LA Ley Orgánica para el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, y con atención a la frustración de conformidad con el articulo 80 del Código Penal.


LAS JUEZAS DE SALA

ELSA HERNANDEZ GARCIA
PONENTE

DEISIS ORASMA DELGADO MORELA FERRER BARBOZA

El Secretario

Carlos López Castillo.

Hora de Emisión: 1:19 PM