REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, veinticinco de mayo de dos mil quince
205º y 156º
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2014-001653.
PARTE ACTORA: MARIA YOLANDA MORILLO.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: FREDDY TORRES.
PARTE DEMANDADA: RESTOVEN C.A.; COLGATE PALMOLIVE C.A., y PFIZER S.A.
APODERADO JUDICIAL DEMANDADA: DARRY ARCIA; DAVID CABRERA y MARIA G. CONTRERAS.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
En el día hábil de hoy, 25 de Mayo de 2015, siendo las 10:00 a.m.; oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar; habiéndose efectuado el llamado de Ley; se deja expresa constancia que la Parte Actora, ciudadana MARIA YOLANDA MORILLO, titular de la cédula de identidad N° 7.021.565; no se hizo presente ni por sí, ni por medio de apoderado judicial alguno; presentes en este acto por la parte codemandada: RESTOVEN C.A.; COLGATE PALMOLIVE C.A., y PFIZER S.A., los abogados DARRY ARCIA; DAVID CABRERA y MARIA GABRIELA CONTRERAS; inscritos en el Ipsa bajo el N° 98.464, 211.612 y 227.128; en su carácter de apoderado judicial, respectivamente.- En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia preliminar, resulta forzoso para este Juzgado Tercero de Primera Instancia Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declarar: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; y así se establece.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
DEJESE COPIA AUTORIZADA.
La Jueza,
FARIDY SUAREZ COLMENARES.
La Secretaria,
MARA IELENA FUENTES.
En la misma fecha se dictó y publicó la anterior sentencia, siendo las 10:30 a.m.-
La Secretaria,
MARIA ELENA FUENTES.
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