REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.
Valencia, 30 de Noviembre de 2015
205° y 156°
Visto el escrito de pruebas de fecha 02-11-15, presentado por los abogados CARLOTA ESCALONA REYES y JOSE ARNALDO ESCALONA MEJIA, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 102.579 y 188.328 respectivamente y de este domicilio, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos GUSTAVO ALONSO CARBALLO RAMOS y MARIA MERCEDES FLORES LÓPEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-9.851.414 y V-7.147.329 respectivamente y de este domicilio, parte accionada en el presente juicio, el Tribunal para resolver sobre su admisión pasa a decidir lo siguiente:
CAPITULO I. DE LAS PRUEBAS DOCUMENTALES:
1.- Copia de Certificación de Entrega del Cheque de Gerencia. 2.-Copia de la autorización del Banco para la emisión del Cheque. 3.-Copia de la ficha de descripción de Garantía del Banco Corp Banca. 4.- Copia del Cheque de Gerencia, por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, se admite en cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva.
Abg. Isabel C. Cabrera de Urbano.
La Juez Titular, ABG. Juan Carlos López,
El Secretario