REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial con Competencia en Delitos Contra la Mujer Tribunal Primero de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-S-2012-000472
ASUNTO: KP01-S-2012-000472
Barquisimeto, 27 de octubre de 2015.
205° y 156°
Por recibido en fecha 27 octubre de 2015 ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, y ante secretaría en esa misma fecha escrito suscrito por la ciudadana abogada LORELVIS BALBAS, en su carácter de Defensora Pública del ciudadano STARLY ALBERTO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-[...], contra quien se instruye el Asunto Penal Nº KP01-S-2012-000472 por la presunta comisión de unos de los delitos previstos en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana niña de 6 años de edad (Se omite la identidad de conformidad a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), contentivo de solicitud de traslado al ciudadano imputado “para la realización de evaluación en el Servicio de Medicatura Forense.”
Este Tribunal una vez analizada la solicitud de la defensa, y verificado en el Asunto Penal KP01-S-2012-000472 en el Sistema Juris 2000, que al imputado STARLY ALBERTO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-[...], en audiencia especial ejecutada en virtud de haberse ejecutado orden de aprehensión celebrada en fecha 22 de octubre de 2015 la medida de privación judicial preventiva de libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 236 numeral 1, 2 y 3 del Código Orgánico Procesal Penal, 237 numerales 2 y 3 y 238 numeral 2 todos del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo tomado en consideración el derecho constitucional consagrado en el artículo 83 de nuestra carta magna el cual establece que “Toda persona tiene derecho a la protección en la salud”, en aras de garantizar la prevalencia del principio constitucional del debido proceso e igualdad de las partes, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, Acuerda: Primero: Ordenar el traslado del ciudadano STARLY ALBERTO RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-[...], hasta la sede del SERVICIO NACIONAL DE MEDICINA Y CIENCIAS FORENSE del estado Lara, ubicado en el primer piso del Edificio Nacional de la ciudad de Barquisimeto, a los fines que reciba atención médica. Segundo: Oficiar al Director del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forense del estado Lara con sede en la ciudad de Barquisimeto, a los fines de solicitar la realización de evaluación médica forense al ciudadano STARLY ALBERTO RODRÍGUEZ. Tercero: Ofíciese al Director de la Policía del estado Lara, Atención: Centro de Coordinación Policial Juan de Villegas I, estado Lara a los fines que realice con las seguridades del caso el traslado del ciudadano STARLY ALBERTO RODRÍGUEZ hasta la sede del Servicio Nacional de Medicina y Ciencias Forenses del estado Lara, ubicado en el primer piso del Edificio Nacional de la ciudad de Barquisimeto, a los fines que reciba atención medica. Líbrense Boleta de traslado y los oficios correspondientes. Notifíquese a las partes del presente auto. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG. MILENA DEL CARMEN FREITEZ GUTIÉRREZ
LA SECRETARIA
ABG. GRACE HEREDIA.
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