REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2015-643
PARTE DEMANDANTE: AMBROSIO JOSE ROJAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 2.383.736
ABOGADO ASISTENTE: MOISES AMADO ROSENDO inscrito en el IPSA bajo el N° 104.423
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE PEÑA C.A. (TRANSPECA)
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: DENISE JANET ALONSO MONTEAVARO Y MARIO JOSE QUERALES SALAS, en ejercicio, de este domicilio, inscritos en El IPSA con los Nros. 44.601 y 75.754.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy, treinta (30) de octubre de 2015, siendo las 10:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la Instalación de la Audiencia Preliminar, el tribunal deja constancia que la parte demandante no compareció, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, según la información suministrada por el Alguacil ESTEFANY MARCHAN encargado de anunciar la audiencia. Solo concurrió por la parte demandada, la abogada DENISE JANET ALONSO MONTEAVARO. Ahora bien, como punto previo es necesario señalar que en fecha 23.10.2015, quien suscribe, se abocó al conocimiento de la presente causa como Juez Temporal, otorgando a las partes el lapso de tres (3) días previsto en el artículo 90 del Código de Procedimiento civil, sin que ninguna de las partes ejerciera recusación, y fijando la instalación de la audiencia preliminar para el primer día hábil siguiente una vez transcurrido el referido lapso, correspondiendo, en consecuencia, el día de hoy. En consecuencia, visto lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Publíquese y regístrese la presente decisión.-
LA JUEZ TEMPORAL
ABG. MARÍA KAMELIA JIMÉNEZ
LA PARTE DEMANDADA
EL ALGUACIL
LA SECRETARIA,
ABG. ADRIANA FARNATARO
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