REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, catorce de octubre del año dos mil quince
205º y 156º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2015-001065
PARTE ACTORA: MIGUEL ANGEL GARCIA PACHECO
PARTE DEMANDADA: COCINAS CYCLONES, C.A.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES.
Hoy, 14 de Octubre del año 2015, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma por la parte demandada: COCINAS CYCLONES, C.A., representado por su apoderado judicial AQUILES TERAN YEPEZ, titular de la cedula de identidad Nº 18.748.851, IPSA Nº 171.630, no se encuentra presente la parte demandante: MIGUEL ANGEL GARCIA PACHECO, C.I: N° V-16.785.293, ni por si ni por apoderado judicial alguno, no se encontraba al momento del llamado a viva voz efectuado en tres oportunidades CON INTERVALOS CADA UNO, por el alguacil VICTOR SEIDEL. La Juez titular de este DESPACHO CON SU RUBRICA DEJO CONSTANCIA EL MARGEN DE 15 MINUTOS DE ESPERA Y vista la incomparecencia de la parte actora a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por apoderado judicial alguno, se aplica lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 205° y 156°.
LA JUEZ
ROSIRIS CECILIA RODRIGUEZ GONZALEZ DE JIMENEZ
PARTE COMPARECIENTE
LA SECRETARIA
ABG. ANMARIELLY HENRIQUEZ
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