REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil quince (2015).
Años: 205º y 156º
Este Tribunal, ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día once (11) de agosto hasta el veintitrés (23) de septiembre de 2015, ambas fechas inclusive, fecha en la cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión de fecha dieciséis (16) de septiembre de 2014, dictada por este Órgano Jurisdiccional. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
Quien suscríbela Abg. María Elvira Reis, Secretaria Temporal del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Hace Constar: Que desde el día once (11) de agosto de 2015, hasta el veintitrés (23) de septiembre de 2015, ambas fechas inclusive, han transcurrido diez (10) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: Agosto: 11, 12, 13, 14 y Septiembre: 16, 17, 18, 21, 22 y 23 de septiembre de 2015. Caracas, veinticuatro (24) de septiembre de 2015.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil quince (2015).
Años: 205º y 156º
Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que ninguna de las partes ejerció recurso alguno contra la decisión dictada en fecha dieciséis (16) de septiembre de 2014, este Tribunal LA DECLARA FIRME. En consecuencia, se ordena la remisión del expediente al Tribunal de origen, Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libro oficio N°2015- A-
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil quince (2015).
Años: 205º y 156º
Oficio N° 2015-A-
Ciudadana
Dra. CAROLINA M. GARCÍA CEDEÑO.
Jueza del Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área
Metropolitana de Caracas.
Su Despacho
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº 10326 de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue BANCO MERCANTIL C.A., BANCO UNIVRSAL contra la SOCIEDAD MERCANTIL BIOMEDQUIM C.A., constante de tres (03) piezas, una (01) principal de TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO (384) folios útiles, una (01) pieza de cuaderno de medidas constante de VEINTICUATRO (24) folios útiles, y la tercera pieza un cuaderno de otras incidencias de SESENTA (60) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha dieciséis (16) de septiembre de 2014.
DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,
Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VJGJ/ Yeli.
EXP Nº10326