REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintiocho (28) de septiembre de 2015.- Años 205° y 156°
Visto el escrito de informe presentado en fecha 14 de agosto de 2015, por la abogada GLADYS ESCOBAR TOVAR, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 21.577, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana EVELYN DEL CARMEN PIÑA BOLIVAR, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-5.433.844, y vencido el lapso para que la parte contraria presentara observaciones al referido informe sin que lo haya efectuado ni por si ni por medio de apoderados, este Tribunal advierte a las partes que, de conformidad con lo establecido en el artículo 521 del Código de Procedimiento Civil, dictará su fallo dentro de los sesenta (60) días continuos a partir de esta fecha.
EL JUEZ TITULAR,
DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA ELVIRA REIS.
VGJ/MER/YP