REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Jueces Itinerantes del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra La Mujer
Barquisimeto, 25 de septiembre de 2015
205º y 156º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2014-002823
Visto el escrito interpuesto por la Fiscalía 28° DEL MINISTERIO PÚBLICO de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, donde solicita EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, por los hechos descritos en autos, de conformidad con lo establecido en el artículo 300 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento de los hechos, este juzgador a los fines de resolver se aboca al conocimiento de la causa, planteándose las siguientes consideraciones:
I
FUNDAMENTOS DEL TRIBUNAL PARA DECIDIR
Observa este Tribunal que la presente causa se inició con motivo de Denuncia de fecha 14-06-14 interpuesta por Ia ciudadana (...), en la cual expone que dicho ciudadano la tiene acosada inventándole cuentos de ponerla en el suelo, en horas de la madrugada le levanto la mano para pegarle delante de sus dos hijos, además le dijo que los tres deberían irse de la casa”. Es todo”.
Evidencia este Tribunal que no existen suficientes elementos que permiten encuadrar el hecho investigado dentro del tipo penal de actas; a los fines de determinarse la materialidad del delito y la responsabilidad en la ejecución del mismo, existiendo por el transcurso fatal del tiempo la imposibilidad racional de incorporar nuevos datos a la investigación y continuarla, obteniendo resultados certeros, y que permitan el enjuiciamiento del ciudadano EFREN ALBERTO PACHON RUGELES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD (...), razón por la cual lo Procedente y ajustado a Derecho es proveer favorablemente la Solicitud Fiscal y ordenar el SOBRESEIMIENTO de la Causa por el ordinal 4º del Artículo 300 del Código Orgánico Procesal Penal vigente (no conforme al ordinal 2° como fuera solicitado por la representación fiscal). Y ASÍ SE DECLARA..
II
DISPOSITIVA
Con fundamento en lo anteriormente expuesto, este Juzgador Itinerante Segundo de Primera Instancia de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: EL SOBRESEIMIENTO de la causa seguida al ciudadanos EFREN ALBERTO PACHON RUGELES, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD (...), en perjuicio de la ciudadana (...), de conformidad con lo establecido en el artículo 300 numeral 4 del Código Orgánico Procesal Penal y por consecuencia, cesa cualquier medida cautelar o medida de protección y de seguridad que se haya dictado durante el proceso tal como lo establece el artículo 301 del referido Código Adjetivo. Regístrese, déjese copia, notifíquese la presente decisión y en su oportunidad legal remítase al Departamento de Archivos Judiciales con la finalidad de su cuido y conservación.
EL JUEZ ITINERANTE SEGUNDO DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS
Abg. Miguel Angel Sánchez González
EL SECRETARIO,
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