REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIAS EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO. EXTENSIÓN CARORA.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO LARA
CARORA 16 DE DICIEMBRE DEL 2016
206º y 157º
Asunto: KP12-V 2016-000177.-
DE LAS PARTES Y SUS APODERADOS
De conformidad con lo establecido en el ordinal 2° del Artículo 243 del Código de procedimiento Civil, procede esta Juzgadora a señalar las partes y sus apoderados, a cuyo efecto establece:
PARTE DEMANDANTE: Ciudadano FRANK REINALDO RIERA MONTES DE OCA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 13.181.609.
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: ciudadano JESUS ENRIQUE BASTIDAS COLOMBO, inscrito en el I.P.S.A., bajo el N° 76.482.
PARTE DEMANDADA: ciudadano MARIA JOSE GUTIERREZ SAAVEDRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 16.868.516.
MOTIVO: ACCION MERO DECLARATIVA
TIPO DE SENTENCIA: AUTO RESOLUTORIO (Terminado)
I
Por recibido el expediente proveniente del Juzgado Superior Primero en lo Civil Mercantil y de Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, se le da entrada a la presente causa. Asimismo, vista la sentencia dictada por el Juzgado Superior ya indicado en fecha 18 de Noviembre del 2016, donde declara sin lugar la Apelación, y en consecuencia confirma la sentencia de fecha 27 de Julio del 2016.
De la revisión a las actas se desprende que el presente juicio se encuentra concluido, es por lo que este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, sede Carora, declara terminado el proceso ordena su remisión al archivo inactivo en su oportunidad. Así se decide.
La Juez Provisoria
Abg. Mayra Urbaneja Zabaleta
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez
En esta misma fecha se registro, y se publicó siendo las Nueve y Cuarenta (09:40 A.M.,) de la mañana, y se expidió una copia para el copiador de Autos Resolutorios.
La Secretaria
Abg. Karla Segueri Álvarez