REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón
Coro, 14 de Enero de 2016
205º y 156º

ASUNTO PRINCIPAL : IP01-P-2013-002273
ASUNTO : IP01-P-2013-002273

EJECUTORIEDAD Y CÓMPUTO DE LA PENA.

Recibidas las presentes actuaciones judiciales provenientes del Tribunal primero de Primera Instancia en Funciones de control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en virtud de la sentencia condenatoria dictada y declarada firme mediante la cual condenó al ciudadano EDWIN JOSE YANEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de 30 años, titular de la cédula de identidad Nº V-16.828.042, de profesión u oficio ALBAÑIL, de estado civil, soltero, hijo MIREYA HERNANDEZ y PEDRO ARROYO, domiciliado en la urbanización monseñor iturriza, segunda etapa, calle 05 casa 03, frente a la bodega, 04166673325, fecha de nacimiento 15/03/1983, quien resultó condenado a la pena de CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES y SIETE (07) DÍAS por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTACION Y LESIONES PERSONALES en perjuicio de MAHOLY RODRIGUEZ.
Decretada la firmeza por el tribunal competente se procede a practicar el cómputo de pena correspondiente en los términos que a continuación se expresan.
El penado resultó detenido en fecha 26 de abril de 2013 y en audiencia de presentación le fue decretada medida de privación judicial preventiva de libertad, la que se mantuvo hasta la fecha 25 de agosto de 2015 cuando se decreta a su favor medida cautelar sustitutiva de libertad, por lo que el penado tiene un tiempo de cumplimiento de pena de DOS (02) AÑOS, OCHO (08) MESES y DIECINUEVE (19) DÍAS y cumplirá la pena para la fecha 02 de septiembre de 2017.
El penado opta por el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena y opta por las fórmulas alternativas de cumplimiento de pena en el siguiente orden: Destacamento de trabajo, al cumplir la mitad de la pena, régimen abierto al cumplir las 2/3 partes de la pena impuesta y libertad condicional al cumplir las ¾ partes de la pena. Opta por confinamiento al cumplir las ¾ partes de la pena.
DISPOSITIVA.
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Ejecución de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón DECLARA, PRIMERO: FORMALMENTE EJECUTADA LA SENTENCIA DECRETADA en contra del penado EDWIN JOSE YANEZ HERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, de 30 años, titular de la cédula de identidad Nº V-16.828.042, de profesión u oficio ALBAÑIL, de estado civil, soltero, hijo MIREYA HERNANDEZ y PEDRO ARROYO, domiciliado en la urbanización monseñor iturriza, segunda etapa, calle 05 casa 03, frente a la bodega, 04166673325, fecha de nacimiento 15/03/1983, quien resultó condenado a la pena de CUATRO (04) AÑOS, TRES (03) MESES y SIETE (07) DÍAS por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTACION Y LESIONES PERSONALES en perjuicio de MAHOLY RODRIGUEZ. SEGUNDO: Se efectúa cómputo de pena correspondiente al precitado penado conforme a lo pautado en el artículo 474 del Código Orgánico procesal Penal.
Regístrese, déjese copia de la presente decisión. Notifíquese a las partes. Líbrense oficios al Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Interiores, anexo copia de la sentencia dictada y del cómputo definitivo y a su vez requiriendo el certificado de antecedentes penales que pueda tener el penado. Impóngase al penado. Notifíquese. El penado deberá comparecer para la fecha 22 de enero de 2016 a las 09:00 horas de la mañana a efectos de la imposición del presente auto. Cúmplase.

EL JUEZ
ALFREDO ANTONIO CAMPOS LOAIZA
LA SECRETARIA
MARIA AUXILIADORA YORIS