REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, doce (12) de enero de dos mil dieciséis
205º y 156º
Nº de expediente: GP02-L-2015-001173
Parte demandante: JUAN CARLOS PEÑA, titular de la cedula de identidad N° 19.699.183
Apoderados judiciales de la parte demandante: Abogados: RAFAEL SERVEN TOVAR y AKIS LINARES inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 201.338 y 66.966 respectivamente.
Parte Demandada:
Apoderada Judicial de la parte Demandada: AGROYESCA, C.A
Abogada: LUCY RAMOS inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.476
Motivo: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
ACTA
En el día hábil de hoy doce (12) de enero de dos mil dieciséis, y siendo las 11:00 am, y la oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar comparecieron los apoderados judiciales del demandante RAFAEL SERVEN TOVAR y AKIS LINARES inscritos en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo los números 201.338 y 66.966 respectivamente y ratifican su Poder que corre inserto en el folio 18 del presente expediente y la demandada AGROYESCA, C.A, representada en este acto por la abogado LUCY RAMOS inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el número 102.476 y en este acto consigna Poder en original y copia a los efectos que se le certifique su copia y se le devuelva su original y asi el Tribunal lo acuerda y lo agrega al expediente. Y EN ESTE ACTO LOS APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDANTE DESISTEN DEL PROCEDIMIENTO, en virtud de que las pruebas aportadas por la demandada se constata que la empresa para la que labora el demandante es el TRANSPORTE TRANSPUICA, C.A. Visto el DESISTIMIENTO efectuado en este acto por la parte actora y en consecuencia, este Tribunal Cuarto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, Y SE ORDENA EL ARCHIVO DEL EXPEDIENTE. Así mismo se hace entrega a cada una de las partes de sus respectivas pruebas.
LA JUEZ
Abg. KYBELE K. CHIRINOS MONTES
LOS APODERADOS JUDICIALES DEL DEMANDANTE
LA APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA
EL SECRETARIO,
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