REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

205° y 156°

En el día de hoy tres (03) de Febrero del año 2016, siendo las 2:00 p.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia oral en el juicio que por RECURSO DE NULIDAD incoara por el ciudadano JULIO CESAR MENDEZ contra Providencia Administrativa N° 0617/2014 de fecha 02 de Octubre de 2014 dictada por la Inspectoría del Trabajo “Batalla de Vigirima”, del Municipio Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y los Guayos del Estado Carabobo, en el Expediente Administrativo Nº 028-2012-01-02073, en la causa signada bajo el Nº GP02-N-2015-000115. Comparece como TERCERO BENEFICIARIO DEL ACTO PAPELES VENEZOLANOS, C.A., los abogados EDUARDO A. AULAR B. y XIOMARA GUEDEZ inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 26.948 y 55.484, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales según que consignan en original y copia para que previa certificación de la copia se devuelva su original. Se deja constancia que no compareció el ciudadano JULIO CESAR MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 14.753.250, parte DEMANDANTE, ni por si ni por medio de apoderado; ni comparecio representación alguna del Ministerio Público, ni de la Inspectoría del Trabajo Batalla de Vigirima, del Municipio Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y los Guayos del Estado Carabobo. Se constituyó en sede en sede Contencioso Administrativo el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, presidido por la ciudadana Juez BEATRIZ RIVAS ARTILES, asistida por la Secretaria Accidental BELKIS GAINZA LOVERA, y el ciudadano Alguacil GABRIEL MONTILLA. Se deja constancia que la Audiencia será reproducida en forma audiovisual, conducida por el Técnico Audiovisual JOHNNEY MENDOZA, reproducida en las cintas de video para luego ser grabada en un Disco Compacto (CD) y agregada al expediente. El Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo: en virtud de la incomparecencia del ciudadano JULIO CESAR MENDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº 14.753.250, parte DEMANDANTE, ni por si ni por medio de apoderado judicial, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDA la demanda de incoada contra la Providencia Administrativa N° 0617/2014 de fecha 02 de Octubre de 2014 dictada por la Inspectoría del Trabajo “Batalla de Vigirima”, del Municipio Guacara, San Joaquín, Diego Ibarra y los Guayos del Estado Carabobo, en el Expediente Administrativo Nº 028-2012-01-02073. Se devuelve en este acto el poder original presentado por el Tercero Beneficiario del Acto previa certificación de la copia. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez

BEATRIZ RIVAS ARTILES
Los Apoderados del Tercero
hBeneficiario del acto,

Técnico Audiovisual,

JOHNNEY MENDOZA
Alguacil,

GABRIEL MONTILLA


La Secretaria Accidental,

BELKIS GAINZA LOVERA