REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA

Caracas, ______________ de _____________ de 2016
Años 206° y 157°

En fecha 14 de marzo de 2016, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 0021 de fecha 9 de marzo de 2016, emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, anexo al cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana IRMA TERESA SERRANO, titular de la cédula de identidad Nº V-4.596.942, debidamente asistida por los Abogados María León y Pablo Bejunda, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros 30.864 y 39.956, respectivamente, contra la GOBERNACÍON DEL ESTADO YARACUY.

Dicha remisión se efectuó de conformidad con el artículo 72 -ahora 84- del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, para conocer en consulta del fallo dictado en fecha 30 de noviembre de 2010, por el referido Juzgado Superior que declaró Con Lugar el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto, en virtud de constar en autos en fecha 10 de febrero de 2016 la última de las notificaciones de las partes ordenadas ,mediante auto de fecha 13 de agosto de 2015, a través del cual se ordenó notificar de la decisión dictada por el referido Juzgado Superior.

En fecha 16 de marzo de 2016, se dio cuenta a esta Corte, se designó Ponente a la Juez MARÍA ELENA CENTENO GUZMÁN, a quien se ordenó pasar el expediente conforme a lo previsto en el artículo 94 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. En esa misma fecha, se pasó el presente expediente a la Juez Ponente.

En fecha 20 de abril de 2016, en virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional de la Juez Eugenio Herrera Palencia, fue reconstituida la Junta Directiva quedando de la siguiente manera: Miriam Elena Becerra Torres, Juez Presidente, María Elena Centeno Guzmán, Juez Vicepresidente y Eugenio Herrera Palencia, Juez Suplente.

En fecha 26 de abril de 2016, esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa.

En fecha 9 de mayo de 2016, fue recibida diligencia presentada por la Apoderada Judicial de la querellante, mediante la cual solicitó que se dictara sentencia en la presente causa.

En fecha 16 de junio de 2016, en virtud de la incorporación a este Órgano Jurisdiccional de la Juez Efrén Navarro, fue reconstituida la Junta Directiva quedando de la siguiente manera: MIRIAM ELENA BECERRA TORRES, Juez Presidente, MARÍA ELENA CENTENO GUZMÁN, Juez Vicepresidente y EFRÉN NAVARRO, Juez.

En fecha 16 de junio de 2016 esta Corte se abocó al conocimiento de la presente causa.

Realizado el estudio individual de las actas procesales que conforman el presente expediente, pasa esta Corte a decidir previa las consideraciones siguientes:

-ÚNICO-

En fecha 20 de diciembre de 1996, los Apoderado Judiciales de la ciudadana IRMA TERESA SERRANO, interpusieron recurso contencioso administrativo funcionarial contra la Gobernación del Estado Yaracuy, mediante el cual solicitó la nulidad absoluta del acto administrativo de Remoción del cargo ejercido en fecha del 12 de abril de 1996, alegando que es funcionaria de carrera al servicio de la Gobernación del estado Yaracuy.

Ahora bien, de la revisión exhaustiva de las actas procesales que conforman el presente expediente, no evidencia esta Corte el respectivo expediente administrativo, tampoco el manual descriptivo de cargos donde consten las funciones ejercidas por la ciudadana Irma Teresa Serrano y que resultan necesarias a los fines de tener una apreciación amplia acerca de los motivos que dieron lugar a la decisión del Juzgador A quo, y que hoy es objeto de consulta.

Es por ello, que en aras de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso consagrados en los artículos 26 y 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y con la finalidad de que esta Corte pueda cumplir con su labor jurisdiccional en la presente causa, ORDENA oficiar al Gobernador del Estado Yaracuy, con base en lo previsto en el artículo 39 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, para que en el lapso de diez (5) días de despacho, más dos (2) días continuos correspondientes al término de la distancia, contados a partir de la fecha que conste en el expediente el recibo de la notificación a que se refiere el presente auto, remita a esta Corte copia certificada del expediente administrativo de la ciudadana Irma Teresa Serrano, titular de la cédula de identidad Nº V-4.596.942, así como también el manual descriptivo de cargos vigente para la fecha de la remoción de la referida ciudadana. Se hace necesario destacar, que la omisión o retardo de dicha remisión podrá ser sancionada, con multa entre cincuenta unidades tributarias (50 U.T.) y cien unidades tributarias (100 U.T.) conforme lo establecido en el artículo 79 ejusdem. De igual forma, este Órgano Jurisdiccional advierte, que de no traerse a los autos la documentación requerida, esta Corte procederá a decidir conforme a los elementos que constan en autos. Así se decide.

Asimismo, se ORDENA notificar del presente auto a la parte actora, a los fines de que, una vez sea consignada la información solicitada, pueda -si así lo quisiera- impugnar la documentación constante en el mismo, dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a que conste en autos lo solicitado, para lo cual se abrirá, el día siguiente a la impugnación, la articulación probatoria prevista en el artículo 40 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.

Publíquese y regístrese. Déjese copia certificada de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.

Dada, sellada y firmada en la Sala de Sesiones de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los _____________ ( ) días del mes de __________________de dos mil dieciséis (2016). Años 206° de la Independencia y 157° de la Federación.

La Juez Presidente,


MIRIAM E. BECERRA T.
La Juez Vicepresidente,


MARÍA ELENA CENTENO GUZMÁN
Ponente
El Juez,


EFRÉN NAVARRO






El Secretario Accidental,


RAMÓN ALBERTO JIMÉNEZ CARMONA

Exp. Nº AP42-Y-2016-00039
MECG/9


En fecha ________________________ ( ) de _________________________ de dos mil dieciséis (2016), siendo la (s) _________________ de la ___________________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el N° ___________________.


El Secretario Accidental.