REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintinueve (29) de julio de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º
EXPEDIENTE N°: AP21-L-2016-001681
PARTE ACTORA: MARBELLA ALEJANDRA CEDILO PARADA, venezolana, titular de la cedula de identidad 16.179.938.
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO CUICAS COLON, NELSON ANTONIO ROJAS BRITO y LUIS ENRIQUE REVELO MANTILLA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 80.058, 196.405, 242.412.
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS PLATINUM VIP C.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTOS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES
En el día de hoy, veintinueve (29) de julio de dos mil dieciséis (2016), siendo las 10:00 am día y hora fijado para que tenga lugar la la Audiencia Preliminar, se deja constancia de la incomparecencia a la misma de la ciudadana MARBELLA ALEJANDRA CEDILO PARADA, venezolana, titular de la cedula de identidad 16.179.938,y de sus apoderados judiciales CARLOS ALBERTO CUICAS COLON, NELSON ANTONIO ROJAS BRITO y LUIS ENRIQUE REVELO MANTILLA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 80.058, 196.405, 242.412, según poder que consta en autos, por otra parte, se deja constancia de la incomparecencia de la demandada SERVICIOS PLATINUM VIP C.A, a través de sus representantes legales, estatutarios o judiciales.
Ahora bien, vista la incomparecencia de la parte demandante, y de sus apoderados judiciales, ut supra identificados, a la audiencia preliminar, fijada para el día de hoy, a las 10:00 am; y de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta seguidamente el dispositivo del fallo de la manera siguiente:
SE DECLARA EL DESISTIMIENTO DEL PROCESO EN LA ACCIÓN INCOADA por la demandante ciudadana MARBELLA ALEJANDRA CEDILO PARADA, venezolana, titular de la cedula de identidad 16.179.938, representada por su apoderados judiciales los ciudadanos CARLOS ALBERTO CUICAS COLON, NELSON ANTONIO ROJAS BRITO y LUIS ENRIQUE REVELO MANTILLA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nº 80.058, 196.405, 242.412, en contra de la demandada SERVICIOS PLATINUM VIP C.A
En consecuencia, SE DECLARA EXTINGUIDA LA INSTANCIA. por el desistimiento del proceso, por la inasistencia de la parte demandante a la audiencia preliminar fijada para el día de hoy a las 10:00 am, a tenor del articulo 130 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En Caracas, veintinueve (29) de julio de dos mil dieciséis (2016).
EL JUEZ
Francisco Javier Río Barrios. La Secretaria
Génesis Uribe
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