REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS
206° y 157°

SOLICITANTES: YOLANDA COROMOTO MORENO PEÑA y JORGE ANTONIO VERGARA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.666.658 y V-4.319.047, respectivamente.
APODERADO JUDICIAL: LUÍS EDMUNDO MORÍN INFANTE, abogado en ejercicio inscrito en el inpreabogado bajo el Nº 8.016.
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCIÓN.
TIPO DE SENTENCIA: Definitiva.
Expediente No. AP31-S-2016-001221.
- I -
DE LA PRETENSION

Se inicia el presente procedimiento, a través de escrito presentado en fecha 17 de febrero de 2016, por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial de los Tribunales de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, (U.R.D.D.) por el abogado en ejercicio Luís Edmundo Morín Infante, en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos : YOLANDA COROMOTO MORENO PEÑA y JORGE ANTONIO VERGARA, todos plenamente identificados, el cual fue recibido ante este Tribunal en fecha 18 de febrero de 2016, a los fines de requerir la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCION, la cual se encuentra asentada al bajo el Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, en los Libros de Actas de defunción llevados por ante El Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital, perteneciente a la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO.
En ese sentido manifiesta la solicitante, que en la referida Acta se incurrió en un error material al señalar en el renglón de Datos Familiares, como Cónyuge o Pareja Estable de Hecho al ciudadano RICHARD JOSÉ GARNIER, siendo esto INCORRECTO, ya que la De Cujus no tenía Cónyuge o Pareja Estable de Hecho, siendo en tal sentido lo CORRECTO que dicho renglón quede en blanco, por lo que solicitan se ordene la RECTIFICACIÓN DE ACTA DE DEFUNCION asentada bajo el Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015.
Mediante auto de fecha 01 de marzo de 2016, el Tribunal Admitió la presente solicitud de Rectificación de Acta de Defunción. Se ordenó la publicación de un Cartel en el diario “ULTIMAS NOTICIAS”, emplazando a cuantas personas puedan ver afectados sus derechos a fin de que hicieran parte en el presente procedimiento. Asimismo se ordenó notificar al Fiscal del ministerio Público. En esa misma fecha se libró Cartel de emplazamiento y Boleta de Notificación.
En fecha 24 de febrero de 2016, la representación judicial de los solicitantes, mediante diligencia consignó copia certificada del Acta de nacimiento de la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO.
El día 07 de marzo de 2016, compareció el abogado en ejercicio Luís Edmundo Morín Infante, en su carácter de autos, mediante diligencia procedió a retirar el Cartel librado a los fines de su publicación.
Durante el despacho del día 10 de marzo de 2016, el apoderado judicial de los solicitantes, mediante diligencia consignó los fotostatos a los fines de la notificación del Ministerio Público.
En fecha 14 de marzo de 2016, comparecieron los ciudadanos SAMUEL DARIO SALCEDO y RUBEN DARIO VALERA VILLEGAS, titulares de las cédulas de identidad números V-2.806.604 y V-6.388.058, respectivamente, quienes declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
En fecha 28 de octubre de 2016, compareció el abogado en ejercicio Luís Edmundo Morín Infante, plenamente identificado a lo largo de este fallo, mediante diligencia consignó Cartel de emplazamiento, debidamente publicado en el diario Últimas Noticias.
En fecha 30 de marzo de 2016, comparecieron los ciudadanos RICHARD JOSÉ GARNIER y NELLY JOSEFINA MORENO DE BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad números V-10.524.731 y V-9.175.127, respectivamente, quienes declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción.
Compareció en fecha 05 de abril de 2016, la representación judicial de los solicitantes, ratificó la solicitud de librar Boleta de Notificación al Fiscal del Ministerio Publico realizada en fecha 10 de marzo de 2016.
Mediante nota de Secretaría de fecha 12 de abril de 2016, se libró boleta de citación al Fiscal del Ministerio Público.
Compareció en fecha 17 de mayo de 2016, el Alguacil Titular Miguel Villa, adscrito a la Coordinación de Alguacilazgo de los Tribunales de Municipio Ordinarios y Ejecutores de Medidas, sede Pajaritos y consignó la boleta de notificación debidamente firmada y sellada por la Fiscalía 102° del Ministerio Público.
En fecha 22 de junio de 2016, compareció el apoderado judicial de los solicitantes, mediante diligencia solicitó al Tribunal dictar Sentencia.
Para probar lo alegado, la solicitante consignó:
Copia certificada del Acta de Defunción asentada bajo el Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, de la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO, expedida por el Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital, año 2015, cursante en autos, en la cual se desprende claramente el error manifestado por los solicitantes, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
Copia certificada del Acta de Nacimiento Nº 2.083, de la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO, expedida por ante el Registro Civil del Municipio Baruta del Estado Bolivariano de Miranda, hija de los solicitantes, cursante en autos, en la cual se desprende claramente el nombre de los padres de la misma, y por constituir dicha Acta documento público autentico conforme al artículo 1357 del Código Civil, con lo que prevé el artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, se le aprecia en todo su alcance probatorio, y así se declara.
Testimoniales de los ciudadanos SAMUEL DARIO SALCEDO, RUBEN DARIO VALERA VILLEGAS, RICHARD JOSÉ GARNIER y NELLY JOSEFINA MORENO DE BRICEÑO, titulares de las cédulas de identidad números V-2.806.604, V-6.388.058, RICHARD JOSÉ GARNIER y NELLY JOSEFINA MORENO DE BRICEÑO, respectivamente, y declararon el conocimiento que tienen con respecto a la solicitud de Rectificación de Acta de Defunción; ahora bien este Tribunal las aprecia en todo su alcance probatorio, conforme lo prevé el artículo 1392 del Código Civil, y así se declara.
Copia simple de la cédula de identidad de la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO, y de los ciudadanos YOLANDA COROMOTO MORENO PEÑA y JORGE ANTONIO VERGARA.
II
MOTIVACION

Analizadas las pruebas presentadas por los solicitantes este Administrador de Justicia considera suficiente para determinar lo alegado en autos. En consecuencia, este Tribunal Décimo Cuarto de Municipio, Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ordena la Rectificación del Acta de Defunción Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, inserta en el libro de Registro Civil de actas de nacimiento, llevado por el Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital, del año 2015, en cuanto al error material de omisión cometido en dicha acta.
- III -
DECISIÓN
Por las motivaciones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL DÉCIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta la siguiente sentencia:
PRIMERO: Se declara con lugar la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, peticionada por los ciudadanos YOLANDA COROMOTO MORENO PEÑA y JORGE ANTONIO VERGARA, venezolanos mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad números V- 4.666.658 y V-4.319.047, respectivamente.
SEGUNDO: Se ORDENA la RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE DEFUNCIÓN Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, la De Cujus KARLA MARGARITA VERGARA MORENO, en consecuencia en lo que respecta al renglón de de Datos Familiares, como Cónyuge o Pareja Estable de Hecho, donde se lee: “…RICHARD JOSÉ GARNIER…”, debe quedar el espacio en blanco, que es lo correcto.
TERCERO: Se acuerda la remisión de copias certificadas de la solicitud y de la presente decisión al Registro Civil de la Parroquia San Bernardino, Municipio Libertador del Distrito Capital, a los fines de que estampe la correspondiente nota marginal en el Acta de Defunción Nº 828, Folio 078, Tomo 4, de fecha 02 de junio de 2015, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 149 de la Ley Orgánica de Registro Civil, en concordancia con el artículo 502 del Código Civil. Asimismo, se ordena expedir copias certificadas junto con oficios a las autoridades correspondientes, una vez consten en autos los fotostátos respectivos.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA, conforme lo prevé el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Décimo Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, 14/07/2016. Años 206° DE LA INDEPENDENCIA y 157° DE LA FEDERACIÓN.
EL JUEZ PROVISORIO,


MIGUEL ANGEL FIGUEROA.

LA SECRETARIA


AIRAM CASTELLANOS.

En esta misma fecha, siendo las 1:30 p.m., se publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA


AIRAM CASTELLANOS

EXP. AP31-S-2016-001221
MAF/AC/Mónica M.