REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 28 de julio de 2016
Años 206º y 157º
ASUNTO: GP01-R-2011-000157
PONENTE: Dra. NIDIA GONZALEZ ROJAS
A los fines de conocer el recurso de apelación signado con el número GP01-R-2011-000157, interpuesto por el Abogado ANDRES RODRIGUEZ CORRO, en contra de la decisión de fecha 20 de Mayo del año 2011, por el Tribunal Undécimo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual DECLARA INADMISIBLE LA QUERELLA, en la causa principal Nº GP01-P-2011-002743, esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue ejercido por el Abogado ANDRES RODRIGUEZ CORRO, quien actúa como querellante, quien está legitimado para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 20-05-2011, interponiendo el recurso de apelación en fecha 14-06-2011, como se evidencia al folio 50 del presente recurso de apelación en la certificación de los días de despacho, por lo tanto se considera que el recurrente ejerció el recurso en tiempo hábil.
Tercero: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el recurso de apelación signado con el número GP01-R-2011-000157, interpuesto por el Abogado ANDRES RODRIGUEZ CORRO, en contra de la decisión de fecha 20 de Mayo del año 2011, dictada por el Tribunal Undécimo en Función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, mediante la cual DECLARA INADMISIBLE LA QUERELLA, en la causa principal Nº GP01-P-2011-002743. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
JUECES DE SALA
NIDIA GONZALEZ ROJAS
PONENTE
LAUDELINA GARRIDO APONTE ARNALDO VILLARROEL SANDOVAL
La Secretaria
Abg. Alejandra Blanquis
Hora de Emisión: 4:09 PM