REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo (40°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo
del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta (30) de junio de 2016.
Años. 204º y 157º
ASUNTO PRINCIPAL: AP21-L-2016-000010
ACTA DE LA AUDIENCIA PRELIMINAR

PARTE ACTORA: JOANDY ANTONIO NIEVES MEZA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°.V-17.558.593.-
APODERADA DE LA PARTE ACTORA: NO ACREDITO EN AUTOS
PARTE DEMANDADA: “LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ÓRGANO DEL MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA AGRICULTURA Y TIERRAS.”
APODERADO DE LA DEMANDADA: IVAN MARTINEZ IBARRA, venezolano, mayor de edad, jurídicamente hábil, abogado en ejercicio e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N°. 186.038.-
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.-

El día de hoy, jueves treinta (30) de junio de 2016; siendo las nueve de la mañana (09:00 a.m), oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar de inicio, comparecieron a la misma: el profesional del derecho, Iván Martínez Ibarra, en su carácter de apoderado judicial la parte demandada. De igual forma se deja constancia de la incomparecencia del trabajador accionante, Joandy Nieves Meza, ni por si ni a través de apoderado judicial. En consecuencia, este tribunal, verificada la incomparecencia de la parte Demandante, declara Desistido el Procedimiento y Extinguida la Instancia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 130, de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Se declara concluida la audiencia, se levanta la presente acta y suscriben:
El Juez.


Abg. Félix Job Hernández Q.


La Secretaria.



Abg. Génesis Uribe.







Apoderado de la parte demandada.