REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO
CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGION CENTRAL
Valencia, 20 de junio de 2016
206° y 157°
Exp. N° 3158
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 3751
El 14 de marzo de 2013 la abogada Barbara Macchia Angelica, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 99700, en su carácter de apoderada judicial de ASERRADERO SANTA LUCIA, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua el 18 de noviembre de 2002, bajo el n° 70, Tomo 42-A; y en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-1207503942-4; con domicilio fiscal en la Calle Páez, parcela N° 81 sector Centro, Maracay estado Aragua, interpuso recurso contencioso tributario contra el acto administrativo contenido en la resolución n° SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2012-0138 del 28 de febrero de 2012, emanada de la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
El 22 de junio de 2015 se dictó sentencia definitiva número 1393, la cual declaró:
1) SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la abogada Barbara Macchia Angelica, Inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 99.700, en su carácter de apoderada judicial de la sociedad mercantil ASERRADERO SANTA LUCÍA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en fecha 18 de noviembre de 2002, bajo el Nº 70, Tomo 42-A e inscrita en el Registro de Información Fiscal bajo el Nº J-1207503942-4; de conformidad con Poder otorgado ante la Notaria Pública Quinta de Maracay estado Aragua, en fecha 04 de marzo de 2013, anotado bajo el Nº 69, Tomo 88, contra la Resolución Nº 0138, de fecha 28 de febrero de 2012 emitida por la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
2) Se CONFIRMA la Resolución Nº 0138, de fecha 28 de febrero de 2012 emitida por la Gerencia de Recursos de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
3) CONDENA al pago de las costas procesales a la mercantil ASERRADERO SANTA LUCÍA, C.A., en una cantidad equivalente al cinco por ciento (5%) de la cuantía del presente recurso contencioso tributario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 327 del Código Orgánico Tributario del año 2001, aplicable ratione temporis.
El 06 de junio de 2016 se declaro firme la sentencia definitiva Nº 1393 y se otorgó un lapso de cinco (05) días para que el contribuyente efectuara el cumplimiento voluntario de conformidad con lo establecido en el artículo 287 del Código Orgánico Tributario.
De la revisión exhaustiva del presente expediente, se observa que en la presente causa se ha vencido el lapso establecido para el cumplimiento voluntario de la sentencia definitiva Nº 1393 del 22 de junio de 2015 dictada por este tribunal, razón por la cual este tribunal de conformidad con el artículo 288 del Código Orgánico Tributario, ordena remitir este expediente número 3158 (Nomenclatura de este tribunal) mediante oficio a la Gerencia de Recurso del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de que proceda a realizar la ejecución forzosa de la sentencia supra mencionada. Asi mismo, se deja constancia que se remitirá el presente expediente a través del Instituto Postal Telegráfico de Venezuela (IPOSTEL) a quien se le librara oficio. Líbrense oficios. Déjese copias de la presente decisión. Cúmplase con lo ordenado.
Publíquese y Regístrese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, a los veinte (20) días del mes de junio de dos mil dieciséis (2016). Año 206° de la Independencia y 157° de la Federación.
El Juez,
Abg. Pablo José Solórzano Araujo.
La Secretaria,
Abg. Pellegrina Severino
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado.
La Secretaria,
Abg. Pellegrina Severino.
Exp. N° 3158
PJSA/ps/mg
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