REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de Marzo de 2016
205º y 157º

ASUNTO: AP11-V-2016-000364
Por recibido el presente expediente, proveniente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.) de este Circuito Judicial, por remisión del Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, mediante oficio Nº 16-120, de fecha dos (02) de Marzo de dos mil dieciséis (2016), contentivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO, incoado por la ciudadana ROSANA ANAIS PEREZ LUGO, contra el ciudadano BELTRAN RAFAEL HERNANDEZ RODRIGUEZ, constante de una (01) pieza principal de veintiséis (26) folios útiles, este Tribunal le da entrada y acuerda anotarlo en el libro respectivo.
Seguidamente, vista la declinatoria en razón de la cuantía que fuere planteada por el Tribunal Décimo Sexto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la que se declaró que “la presente acción deberá conocerla un Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que corresponda por Distribución en razón de la cuantía”. Por lo tanto, este Tribunal comparte el criterio expuesto en el fallo mencionado supra, y en consecuencia ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer este asunto.-
EL JUEZ,


Abg. LUIS ERNESTO GÓMEZ SAEZ.
LA SECRETARIA,


Abg. SONIA CARRIZO ONTIVEROS.

En esta misma fecha, siendo las ____________, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.-
LA SECRETARIA,


Abg. SONIA CARRIZO ONTIVEROS.



ASUNTO: AP11-V-2016-000364
LEGS/SCO/Rafael Pérez.-