N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000248
En el día de hoy, cuatro (04) de marzo de 2016, siendo las 11:00 a.m., día y hora fijados para que tenga lugar la audiencia preliminar en el presente asunto, previo anuncio de Ley, por ante este Tribunal 31° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora ciudadano LUIS EL VIDIO MÉNDEZ ESCALANTE, con cédula de identidad No. V- 10.900.558, el cual no se presentó ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, así mismo se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada POLLO EN BRASA CAPOEIRA C.A., la cual se encuentra representada por el ciudadano RICHERT GONZALEZ, con IPSA No. 42.819, quien acredita su condición mediante copia simple de poder autenticado, constante de tres (03) folios útiles. De manera que vista la incomparecencia de la parte actora, se declaran los efectos procesales del articulo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia, este JUZGADO TRIGÉSIMO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana deVenezuela y por autoridad de la ley declara: EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO en el juicio seguido por el ciudadano LUIS MÉNDEZ en contra de la entidad de trabajo POLLO EN BRASA CAPOEIRA C.A., por motivo de Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. El Tribunal acuerda dar por terminado y ordenar el archivo del expediente respectivo mediante auto por separado, una vez que quede firme la presente decisión. Es todo.
La Jueza
Abg. Layla Paz Palmar
El apoderado judicial de la demandada
La Secretaria
Abg. Raybeth Parra
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