| 
 REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo Segundo (32°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, quince (15) de marzo de Dos Mil Dieciséis (2016)
 205° y 157º
 
 
 SENTENCIA
 
 
 
 N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2016-000243
 PARTE ACTORA: AVILIO ARQUIMEDES CHIRINO, titular de la Cedula de Identidad Nº V. 6.722.960
 APODERADO DE LA PARTE ACTORA: RENE ALEJANDRO HERNANDEZ BERMUDEZ, IPSA Nº 103.187.
 PARTE DEMANDADA: ESTRUCTURA DRAGO E-Z, C.A.
 APODERADA DE LA PARTE DEMANDADA: GLADYS TERESA LEON PARRA, IPSA Nº 51.444.
 
 MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
 
 
 Hoy, quince  (15) de marzo de 2016, siendo las 10:30 am., día y hora fijados para que tenga lugar la celebración de la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadano AVILIO ARQUIMEDES CHIRINO, titular de la Cedula de Identidad Nº V. 6.722.960, y la parte demandada ESTRUCTURA DRAGO E-Z, C.A. no comparecieron a la celebración de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia; de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto (4) de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.  PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 205º y 157º.
 
 La Juez
 
 Abg. Anahi Josefina Bolívar Coronado
 
 El Secretario
 
 Abg. Mario Montalvan
 
 
 
 
 
 
 Nota: En la misma fecha se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
 
 La Secretaria
 
 Abg. Mario Montalvan
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 |