REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2015-000901 (654)

Visto el fallo dictado por este Despacho en fecha 02 de mayo del año en curso, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, de fecha 24/03/2015 y se ordena a la demandada, ciudadana Aura Niño de Rincón, la entrega del material, libre de bienes y personas, del inmueble dado en arrendamiento ; en consecuencia, este Tribunal ordena de oficio practicar cómputo por secretaría de los días de despacho transcurridos desde el día 03 de mayo de 2016, hasta el día 17 de mayo de 2016, (ambas fecha inclusive), siendo la última fecha el día en el cual venció el lapso para ejercer el recurso a que hubiere lugar contra la decisión supra referida. Cúmplase.-
El Juez,
Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.


Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 03 de mayo de 2016, hasta el día 17 de mayo de 2016 (ambas fecha inclusive), transcurrieron cinco (05) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: mayo 2016: 03, 09, 10, 16 y 17. Caracas, veintitrés (23) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). A 205º años de la Independencia y 157º de la Federación.

La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-R-2015-000901 (654)
VJGJ/MER











REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 157º



Expediente Nº AP71-R-2015-000901 (654)

Visto el computo que antecede y por cuanto se evidencia que no se ejerció recurso alguno contra la decisión dictada por este despacho en fecha 02 de mayo del año en curso, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, de fecha 24/03/2015 y se ordena a la demandada, ciudadana Aura Niño de Rincón, la entrega del material, libre de bienes y personas, del inmueble dado en arrendamiento; todo ello en virtud del juicio por DESALOJO sigue el ciudadano JULIO CÉSAR DA SILVA ALTUVE contra la ciudadana AURA NIÑO DE RINCÓN; en consecuencia, este Tribunal declara firme la mencionada sentencia y ordena la remisión del expediente al Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Líbrese el correspondiente oficio de remisión. Cúmplase.-
El Juez,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.


En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado anteriormente y se libró oficio Nº 2016-A-
La Secretaria,

Abg. María Elvira Reis.
Expediente Nº AP71-R-2015-000901 (654)

VJGJ/MER












REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016)
Años 205º y 157º


Oficio Nº 2016-A-
Ciudadano:
Dr. HUMBERTO OCANDO OCANDO
Juez del Juzgado Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Su Despacho.-
Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio el expediente signado con el Nº AP71-R-2015-000901 (654) de la nomenclatura llevada por este Tribunal, mediante el cual se declara sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, contra la sentencia proferida por el Tribunal Octavo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de esta Circunscripción Judicial, de fecha 24/03/2015 y se ordena a la demandada, ciudadana Aura Niño de Rincón, la entrega material, libre de bienes y personas del inmueble dado en arrendamiento; todo ello en virtud del juicio por DESALOJO sigue el ciudadano JULIO CÉSAR DA SILVA ALTUVE contra la ciudadana AURA NIÑO DE RINCÓN, constante de una (01) pieza de doscientos veintitrés (223) folios útiles.-
Remisión que se hace, en virtud de haber sido declarada firme en esta misma fecha, la decisión dictada por este Tribunal en fecha 02 de mayo de 2016.-
Dios y Federación.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
Edificio José María Vargas, Esquina de Pajaritos, piso 17, Palacio de Justicia,
Municipio Libertador del Distrito Capital. Teléfono: (0212)4829194.