REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Años 205º y 157º
Vista la diligencia presentada en fecha 16 del presente mes y año, suscrito por el abogado ALÍ JOSÉ NAVARRETE TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.631, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JHONNY ENMANUEL FERNÁNDEZ GONCALVES, parte demandada, mediante la cual ejerció recurso de hecho contra el auto dictado en fecha 02 de mayo de 2016, que negó el recurso de casación anunciado por esa representación judicial; este Tribunal a los fines de proveer lo solicitado, acuerda practicar computo por secretaria de los días de despacho transcurridos desde el día tres (03) de mayo de 2016, hasta el día diecisiete (17) de mayo de 2016 ambas fechas inclusive, lapso dentro del cual se procedería a ejercer el recurso de hecho.-
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes.
La Secretaria,

María Elvira Reis.



Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja constancia que desde el día 02 de mayo de 2016, exclusive, hasta el día 17 de mayo de 2016, inclusive, transcurrieron CINCO (05) días de despacho, los cuales se especifican a continuación: mayo 2016: 03, 09, 10, 16 y 17. Caracas, veintitrés (23) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). Año: 205º años de la Independencia y 157º de la Federación.
La Secretaria,

María Elvira Reis.

Expediente Nº AP71-R-2016-000046 (709)



















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JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Años 205º y 157º
Visto el computo que antecede, así como también la diligencia suscrita en fecha 16 de mayo de 2016, por el abogado ALÍ JOSÉ NAVARRETE TORO, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.631, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano JHONNY ENMANUEL FERNÁNDEZ GONCALVES, parte demandada, mediante la cual Recurre de Hecho por ante el Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil, en virtud del auto dictado en fecha 02 de mayo de 2016, que negó el recurso de casación interpuesto contra la sentencia dictada por este tribunal en fecha 12 de abril del presente año; este tribunal, acuerda lo solicitado. En consecuencia, ordena remitir las actas procesales que conforman el expediente al Tribunal Supremo de Justicia, Sala de Casación Civil. Líbrese el correspondiente oficio.-

El Juez Titular,
Dr. Víctor José González Jaimes
La Secretaria,
Abg. María Elvira Reis.





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JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Años 205º y 157º
Oficio N° 2016-A
Ciudadano
PRESIDENTE Y DEMÁS MAGISTRADOS DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN CIVIL.
Su Despacho.-

Tengo el honor de dirigirme a usted, con objeto de remitirle anexo al presente oficio, el expediente Nº AP71-R-2016-000046 (709), de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio por DESALOJO DE VIVIENDA siguen los ciudadanos CARMEN OLIMPIA HERNÁNDEZ DE PRATO, ADOLFO LEÓN PRATO MOLINA y GUSTAVO ADOLFO PRATO HERNÁNDEZ en contra del ciudadano JHONNY ENMANUEL FERNÁNDEZ GONCALVES., en virtud del Recurso de Hecho ejercido por el apoderado judicial de la parte demandada, contra el auto que negó el recurso de casación en fecha 02 de mayo de 2016; constante de dos (02) piezas, la primera de trescientos un (301) folios útiles y la segunda de ciento treinta y tres (133) folios útiles.
Remisión que se hace en virtud del Recurso de Hecho admitido en la presente fecha.-

DIOS Y FEDERACION
EL JUEZ TITULAR,

DR. VICTOR J. GONZALEZ JAIMES.



Esquina de Pajaritos, Edif. José María Vargas, Piso 17. Telf. 482-91-94




REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. Caracas, veintitrés (23) de mayo de dos mil dieciséis (2016).
Años 205º y 157º

Expediente Nº AP71-R-2016-000046 (709)
De la revisión minuciosa a las actas que conforman la presente causa, se pudo constatar que en la pieza principal Nº 1, los folio 50 al 56 al folio 147 al 301 (ambos inclusive), presentan tachaduras y asimismo, la pieza principal Nº II, el folio 20 y los folios que van desde el 23 al 41 (ambos inclusive) y el folio 62 presentan tachaduras. Igualmente, el folio 17 se encuentra deteriorado.
En consecuencia, se le impone a la secretaría de este Juzgado, salvar las enmendaduras de conformidad con el artículo 109 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
LA SECRETARIA,
Abg. MARÍA LVIRA REIS.








Quien suscribe, María Elvira Reis, Secretaria del Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, deja expresa constancia que las foliaturas enmendada o corregidas “VALEN”. Caracas, veintitrés (23) de mayo del año dos mil dieciséis (2016). Año: 205º años de la Independencia y 157º de la Federación.
La Secretaria

María Elvira Reis.


Expediente Nº AP71-R-2016-000046 (709)