REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO IRRIBARREN.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho (08) de noviembre de dos mil dieciséis (2016)
206º y 157º

ASUNTO: KP02-S-2016-000222
Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ENRIQUE ANTONIO SAAVEDRA MEDINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-3.908.815, asistido por el Abogado RAMON DE JESUS ALVAREZ FRANCO, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 192.962, este Tribunal considera suficientes las declaraciones, y llenos los requisitos para declarar a favor del solicitante la propiedad de las bienhechurías que se encuentran plenamente identificadas en la presente solicitud, las cuales construyó con dinero de su propio peculio, sobre un lote de terreno EJIDO, cuya ubicación, medidas, características y linderos, consta en la solicitud que encabeza éstas actuaciones.- En consecuencia, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESION Y DOMINIO, a favor del ciudadano CARLOS ENRIQUE ANTONIO SAAVEDRA MEDINA, anteriormente identificado, de conformidad con lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil; QUEDANDO A SALVO EN TODO CASO LOS DERECHOS DE TERCEROS.-
LA JUEZ PROVISORIA

Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO LA SECRETARIA

Abg. CECILIA NOHEMI VARGAS




Devuélvase al solicitante.-
DJPB/CNV/lf