REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, diecisiete de Noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
Solicitantes: SEBERIANO RAMÓN MELÉNDEZ y FRANCISCA ROSARIO MÉNDEZ MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-3.446.827 y V-4.804.127, respectivamente, el primero con domicilio en la población de Aregue y de éste domicilio la segunda.
Abogado Asistente de los solicitantes: GERARDO PÉREZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº. 22.900.
Motivo: Con Lugar La Solicitud de Divorcio por el Artículo 185-A del Código Civil.
ASUNTO Nº KP12-S-2015-000683.
Vista la solicitud de Divorcio 185-A del Código Civil Venezolano, recibida por éste Tribunal en fecha Veintiuno (21) de Octubre del año Dos Mil Quince (2015), presentada por los ciudadanos SEBERIANO RAMÓN MELÉNDEZ y FRANCISCA ROSARIO MÉNDEZ MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-3.446.827 y V-4.804.127, respectivamente, el primero con domicilio en la población de Aregue y de éste domicilio la segunda; asistidos por el Abogado GERARDO PÉREZ, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº. 22.900, en relación a la disolución del vínculo conyugal que mantienen, alegando que tienen más de cinco (05) años de ruptura prolongada de la vida matrimonial en común, que durante la unión conyugal procrearon un hijo de nombre ELIXANDER RAMÓN MELÉNDEZ MÉNDEZ, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.697.790 y que no adquirieron bienes. Admitida la solicitud en fecha tres (03) de Noviembre de 2.015, se libró Edicto y se acordó citar al Fiscal del Ministerio Público. En fecha 13 de Noviembre de 2015, fue consignado el ejemplar de El Caroreño, donde consta la publicación del Edicto. El día 21 de Octubre de 2016, se libró Boleta de Citación al Fiscal del Ministerio Publico. En fecha 01 de Noviembre de 2016, el Alguacil del Tribunal consignó Boleta de Citación debidamente firmada por el ciudadano Hernardo Castillo, en su condición de responsable de la Unidad de Atención a la Víctima del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Este Tribunal para decidir observa:
Por cuanto se encuentran llenos los requisitos establecidos en el artículo 185-A del Código Civil y las partes están contestes en afirmar que tienen más de Cinco (05) años separados de hecho y citado el ciudadano Fiscal del Ministerio Público, no objetó nada que desvirtuara lo alegado por las partes, motivo por el cual este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO por el articulo 185-A del Código Civil, realizada por los ciudadanos SEBERIANO RAMÓN MELÉNDEZ y FRANCISCA ROSARIO MÉNDEZ MELÉNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-3.446.827 y V-4.804.127, respectivamente, el primero con domicilio en la población de Aregue y de éste domicilio la segunda, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Chiquinquirá, Municipio G/D Pedro León Torres del Estado Lara, en fecha 19 de Mayo de 1.971, quedando inserta el Acta bajo el Nº 23, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho. SEGUNDO: Por cuanto la presente Sentencia declara un nuevo Estado Civil, se ordena la publicación de un extracto de ella en un periódico de la localidad, dando cumplimiento al artículo 507 del Código Civil y a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 13 de Marzo de 2014. Líbrese Extracto.
Expídanse copias certificadas de esta Sentencia a los interesados y envíense las necesarias a las Autoridades Civiles competentes a los fines legales consiguientes. Expídase copia certificada por Secretaría y archívese.
Regístrese y Publíquese.
Dada, sellada y firmada en la Sala del Despacho del Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Carora a los diecisiete (17) días del mes de Noviembre de 2016. Años: 206º y 157º.
El Juez,
Abg. Rafael José Martínez Rivero La Secretaria Temporal,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 53/2016, de la Sentencias definitivas dictadas por este Tribunal, se publicó siendo las 10:00 a.m., se expidió copia certificada para archivo y se libró extracto de la sentencia.
La Secretaria Temporal,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
EXTRACTO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del
Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Carora, diecisiete de Noviembre de dos mil dieciséis
206º y 157º
SE HACE SABER:
A todo aquel que tenga interés directo y manifiesto en el Asunto Nº KP12-S-2015-000683, que este Tribunal por sentencia de esta misma fecha (17/11/2016), declaró el Divorcio, y en consecuencia disuelto el vínculo conyugal que existía entre los ciudadanos SEBERIANO RAMÓN MELÉNDEZ y FRANCISCA ROSARIO MÉNDEZ MELÉNDEZ, titulares de las cédulas de identidad Nºs. V-3.446.827 y V-4.804.127, respectivamente. Publicación que se hace, a los fines de que se ejerza el recurso legal correspondiente, conforme a lo dispuesto en el artículo 507 del Código Civil y a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 13 de Marzo de 2014.
El Juez,
Abg. Rafael José Martínez Rivero
La Secretaria Temporal,
Abg. Migdaly Lozada de Uchelo
Asunto: KP12-S-2015-000683.
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