República Bolivariana de Venezuela

En su nombre
Tribunal Décimo Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 25 de noviembre de 2016
Años: 206º y 157º

Visto el escrito de Transacción de fecha 21 de noviembre de 2016, cursante a los folios 102 y 103, suscritos por el abogado en ejercicio Irving J. Maurell González, inscrito el inpreabogado bajo el N° 83.025, apoderado judicial de la parte actora MINICENTRO MEXX, S. A, inscrita por ante el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, de fecha 06 de septiembre de 2007, anotada bajo el N° 86, Tomo 1661-A, por una parte; y por la otra el abogado en ejercicio Gabriel Ruiz Miranda, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 68.161, actuando como apoderado judicial de la parte demandada ciudadano MANUEL ANTONIO LIENDO, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-9.964.712, mediante el cual ambas partes solicitan la homologación de la misma. Al respecto observa el Tribunal que la presente transacción no es contraria a derecho motivo por el cual este Juzgado le imparte su aprobación y en consecuencia su HOMOLOGACIÓN en los términos expuestos entre partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, teniéndose en consecuencia como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Asimismo se ordena expedir por secretaria un (1) juego de copias certificadas del escrito de Transacción, con inserción del presente auto.- Certificación que se hace de conformidad con lo establecido en el Artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.- Expídanse las copias certificadas solicitadas, una vez sean consignados los correspondientes fotostatos.-
EL JUEZ

Dr. RENAN JOSÉ GONZÁLEZ

EL SECRETARIO,

EDWARD A. COLMENARES R.

Exp. Nº AP31-V-2015-000068
RJG/EACR/dmsh