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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS  DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 Caracas 9 de noviembre de 2016
 206°   y   157°
 Vista la  anterior solicitud de Declaración de Únicos y Universales Herederos; así como las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor Derecho, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil Declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, al favor de los ciudadanos HAIDEE MARIA LOPEZ PEÑA y JOSE GREGORIO GARCIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-3.406.534, V-4.245.582 y V-6.526.055, respectivamente, causahabientes del De-Cujus DIONYS ABRAHAM GARCIA LOPEZ, quien en vida fuera titular de la cédula de identidad Nº V-16.087.661, fallecido Ab-Intestato, en fecha 21 de Abril de 2016, Municipio Libertador del Distrito Capital. Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostatos correspondientes.
 Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.- Cúmplase.
 LA JUEZA,
 
 ABG. DAMARIS IVONE GARCÍA.
 LA SECRETARIA,
 ABG. ADNALOY TAPIAS
 En esta misma fecha, quien suscribe, ABG. ADNALOY TAPIAS secretaria del TRIBUNAL VIGESIMO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS  DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, CERTIFICA: Que la copia fotostática que antecede es traslado fiel y exacto de su original, el cual corre inserto a los folios del expediente No. AP31-S-2016-006930, de conformidad con lo establecido en los Artículos 111 y 112 del código de procedimiento civil. Años 206º y 157º
 
 LA SECRETARIA,
 ABG. ADNALOY TAPIAS
 
 Exp. Nº AP31-S-2016-006930
 DIG/AT/Brayan A.
 
 
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