REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara (Carora)
Carora, dieciocho (18) de octubre de dos mil dieciséis
206º y 157º

ASUNTO: KH12-V-2005-000023

Solicitante: Ada Marina Nieves, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 4.193.619.

Beneficiario: (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), titular de la cédula de identidad N° V- (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.).

Motivo: Colocación Familiar.

En fecha 13 de diciembre de 2.006, la Sala de Juicio N° 1 del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dictó sentencia donde se le concedió la medida de colocación familiar, de (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.), a la ciudadana Ada Marina Nieves, ya identificada y se ordenaron practicar los respectivos seguimientos.
En fecha 18 de marzo de 2009, se aboco al conocimiento de la presente causa la Juez del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, de este circuito judicial abogada Rosangela Sorondo Gil.
En fecha 09 de julio de 2010, se aboco al conocimiento de la presente causa la Juez abogada Luisa Gozalez Campos y se ordenaron practicar los respectivos seguimientos.
En fecha 10 de octubre de 2016, esta juzgadora se aboco al conocimiento de la presente causa al estado en que se encuentra.

Este Juzgado observa:

De la revisión exhaustiva del presente asunto se desprende que el beneficiario Juandry Miguel López, titular de la cédula de identidad N° V-27.298.320, cumplió la mayoría de edad, tal como consta en la copia de la partida de nacimiento que corre inserta al folio cuatro (04) de autos, trayendo como consecuencia la finalización de este procedimiento, solo en lo que respecta al joven. Continúense realizando los respectivos seguimientos de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.). Así se decide.




DECISIÓN

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, se da por Terminada la medida de colocación familiar, dictada mediante sentencia 13 de diciembre de 2.006, por la Sala de Juicio N° 1 del Circuito Judicial de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, solo en lo que respecta que respecta al joven Juandry Miguel López, titular de la cédula de identidad N° V-27.298.320. Continúense realizando los respectivos seguimientos de la adolescente (Identidad omitida de conformidad con el art. 65 de la L.O.P.N.N.A.). Así se decide.

Expídase por la secretaria copia certificada de esta sentencia para el archivo.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Carora, dieciocho (18) de octubre de 2016. Año 206º y 157º.


LA JUEZ TEMPORAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN Y EJECUCION


Abg. MARYHE GEORGINA ALVAREZ ALVAREZ


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 429- 2.016 y se publicó siendo las 11:28 a.m.


LA SECRETARIA


Abg. YACKELIN VILLEGAS NAVA


KH12-V-2005-000023