REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.



EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.

VALENCIA, 25 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016
AÑOS: 206º Y 157º

SOLICITANTES: ANIBAL NICOLAS HERNÁNDEZ VELASQUEZ y ONAILYM JOSEFINA HERNÁNDEZ GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nro. V-489.907 y V-11.809.832 respectivamente, asistidos por las abogadas INDIRA MAYERLIN FLORES MUJICA y MARIA DANIELA GÓMEZ CABAÑA, inscritas en el Inpreabogado bajo el N° 207.384 y 209.542 en su orden.
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SENTENCIA: AUTONOMA RESUELTA
EXPEDIENTE Nro. 8631

Vista la solicitud presentada por los ciudadanos ANIBAL NICOLAS HERNÁNDEZ VELASQUEZ y ONAILYM JOSEFINA HERNÁNDEZ GARCÍA, de este domicilio, asistidos por las abogadas INDIRA MAYERLIN FLORES MUJICA y MARIA DANIELA GÓMEZ CABAÑA, ya identificados, en la cual requieren se les conceda TITULO SUPLETORIO de dominio sobre unas bienhechurías que han construido a sus expensas y con dinero de su propio peculio, cuyas características, linderos y ubicación se especifican en el escrito libelar, las cuales se encuentran fomentadas sobre un lote de terreno que han venido poseyendo en forma continua, pacifica, pública, no interrumpida, e igualmente vistas las declaraciones de los testigos presentados por los solicitante y siendo este Juzgado competente para tramitar y proveer en sede de Jurisdicción Voluntaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de igual o mejor derecho que corresponda a terceros, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del estado Carabobo, DECLARA TITULO SUPLETORIO, de las bienhechurías identificadas en la solicitud, a favor de los ciudadana ANIBAL NICOLAS HERNÁNDEZ VELASQUEZ y ONAILYM JOSEFINA HERNÁNDEZ GARCÍA, anteriormente identificada. Desvuélvase las resultas originales.
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. YOVANI RODRÍGUEZ CANTERO.
LA SECRETARIA TEMPORAL,

Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
En la misma fecha se devuelve a la parte interesada, constante de catorce (14) folios útiles.-
LA SECRETARIA TEMPORAL

Abg. GRISEL M. SANGRONIS.
YRC/GMS/yp-
Exp. 8631