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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
 
 Caracas, 10 de octubre de 2016.-
 206° y  157°
 
 Vista la  anterior solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS y UNIVERSALES HEREDEROS, las Justificaciones promovidas y evacuadas al efecto, y de conformidad con lo previsto en el artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, este Tribunal Declara ÚNICA y UNIVERSAL HEREDERA, a favor a la ciudadana GENESIS MARIA ARRAEZ MAYORA, venezolana, estado civil soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº. V-25.029.545, causahabiente del De-Cujus GABRIELA JOSEFINA MAYORA BARRIOS, quien en vida fue venezolana de estado civil soltera, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-12.172.789, falleció en fecha 07 de Mayo del año 2016, en la Parroquia San Jose, Municipio Libertador, Estado Distrito Capital.
 Expídanse por secretaría copias certificadas de la presente solicitud y entréguese a la parte interesada de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, una vez sean consignados por la solicitante los fotostátos correspondientes.
 Devuélvanse las presentes actuaciones a la parte interesada a los fines legales consiguientes, previa anotación en el Libro Diario llevado en este Tribunal.  Cúmplase.
 EL JUEZ  TITULAR,
 
 DR. RENAN JOSE GONZALEZ.
 
 LA SECRETARÍA  ACC,
 
 YENNY CARABALLO.
 
 EXP. AP31-S-2016-004923
 RJG/ YC/Eduv*.-
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