REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Crespo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
DUACA, 27 de Septiembre 2.016
206º y 157º

SOLICITANTE: JOHANA ISABEL DELGADO HERNANDEZ
MOTIVO: RECTIFICACIÓN DE PARTIDA
ASUNTO : 1.778-2016

“VISTOS”-------------------------------------------------------------------------------------------

Se recibe solicitud de rectificación de partida de nacimiento presentada por la ciudadana JOHANA ISABEL DELGADO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.159.251, asistida por la abogada DEDSI LISCANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nº 208.047, donde pide la rectificación de su acta de nacimiento, inserta bajo el N° 669, folio 335 frente, del año 1.977, del libro de Nacimientos llevado por el para entonces Consejo Municipal del Distrito Federal de la Jefatura Civil de la Parroquia San José, ahora a cargo del Registro Civil de la Parroquia San José del Distrito Capital, por cuanto señala que existe error en dicha acta ya que al momento de extenderla se estampó su nombre como JOHANA YSABEL, siendo el correcto JOHANA ISABEL, por lo que requiere se rectifique. Acompañó copia certificada mecanografiada de la partida de nacimiento de de su hija donde aparece escrito el nombre de la madre como JOHANA ISABEL, copia de partida de nacimiento tomada del libro del Consejo Municipal del Consejo Municipal del Distrito Federal donde aparece su nombre como JOHANA YSABEL, copia mecanografiada de su acta de nacimiento otorgada en fecha 20 de junio de 1.985 donde aparece su nombre como JOHANA ISABEL, copia de Título Universitario como Licenciada en Administración, otorgado por la Universidad Nacional Experimental Simón Rodríguez, donde aparece su nombre como JOHANA ISABEL, así como copia de su Cédula de Identidad y Pasaporte donde aparece su nombre como JOHANA ISABEL DELGADO HERNANDEZ. Admitida la solicitud sumariamente se acordó la notificación del Fiscal Décimo Cuarto del Ministerio Público del Estado Lara.
Estando en la oportunidad para decidir el Tribunal observa:
PRIMERO: La solicitante aspira le sea rectificada su acta de nacimiento, en lo que respecta a la corrección de su nombre, por cuanto en el libro aparece como JOHANA YSABEL, siendo lo correcto “JOHANA ISABEL”.
SEGUNDO: Observa este Tribunal que en el acta de nacimiento que se pretende rectificar se indica el nombre de la solicitante como JOHANA YSABEL, sin embargo se logró demostrar de las instrumentales presentadas como pruebas que la solicitante siempre ha sido identificada como “JOHANA ISABEL”, por tanto se declara con lugar la presente solicitud, y así se decide.
Por consiguiente, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO, presentada por la ciudadana JOHANA ISABEL DELGADO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.159.251, asistida por la abogada DEDSI LISCANO, inscrita en el I.P.S.A. bajo los Nº 208.047, en consecuencia se ordena tanto al Registro Civil de la Parroquia San José del Municipio Bolivariano Libertador como al Registro Principal del Distrito Capital, estampar la nota marginal en el acta de nacimiento el Nº 669, folio 335 frente, del año 1.977, del libro de Nacimientos llevado por el para entonces Consejo Municipal del Distrito Federal de la Jefatura Civil de la Parroquia San José, ahora a cargo del Registro Civil de la Parroquia San José del Distrito Capital, corrigiendo el nombre de quien fuere presentado como JOHANA YSABEL por “JOHANA ISABEL”. Líbrese oficio al Registro Civil de la Parroquia San José del Distrito Capital y al Registro Principal del Distrito Capital. Cúmplase.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Crespo del Estado Lara, en Duaca, a los veintisiete (27) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Dieciséis (2016). Años: 206° y 157°.
El Juez


Abg. Luís Rafael Alejos Pineda


El Secretario.

Abg. Richard Alexander Valera
Seguidamente quedó publicada a las 3:00 p.m.
El Secretario

Abog. Richard Alexander Valera