REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES SALA UNO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO CARABOBO
Corte de Apelaciones Penal
Valencia, 30 de septiembre de 2016
Años 206º y 157º
ASUNTO: GP01-R-2015-000480
PONENTE: NIDIA GONZALEZ ROJAS
A los fines de conocer el Recurso de asunto signado con el número GP01-R-2015-000480, contentivo de recurso de apelación interpuesto por la Abogada ANA ELIZABETH BLANCO JIMENEZ, en su condición de defensa publica, en contra de la decisión dictada en fecha 28-07-2015 y publicada en fecha 03-08-2015 en el asunto signado con el numero GP01-P-2015-015747, por la Jueza Sexta en función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. Esta Sala observa:
Primero: Que el Recurso de Apelación fue interpuesto por la Abogada ANA ELIZABETH BLANCO JIMENEZ, en su condición de defensa publica, quien actúa en representación del imputado de autos, quien está legitimada para realizarlo, tal como se evidencia en autos.
Segundo: Que la decisión recurrida fue dictada en fecha 28-07-2015 y publicada en fecha 3-08-2015, interponiendo el recurso de apelación en fecha 7-08-2015, como se evidencia al folio 21 del presente recurso de apelación en la certificación de los días de despacho, por lo tanto se considera que el recurrente ejerció el recurso en tiempo hábil.
Tercero: quedo debidamente emplazado el FISCAL DEL MINISTERIO PUBLICO, no dando contestación al recurso de apelación.
Cuarto: Se considera que la decisión que se recurre no es de la categoría de decisiones inimpugnables o irrecurribles por disposición expresa de este Código o de la ley.
RESOLUCION
Ahora bien, cumplidos como han sido los demás trámites de ley y verificados los requisitos anteriores, esta Sala N° 1 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, pasa a emitir los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: ADMITE el Recurso de Apelación interpuesto por la Abogada ANA ELIZABETH BLANCO JIMENEZ, en su condición de defensa publica, en contra de la decisión dictada en fecha 28-07-2015 y publicada en fecha 03-08-2015 en el asunto signado con el numero GP01-P-2015-015747, por la Jueza Sexta en función de Control de este Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo. SEGUNDO: Como consecuencia de la admisión, se entra a conocer el fondo del recurso planteado.
Los Jueces de Sala Nro. 1
NIDIA GONZALEZ ROJAS
Ponente
MAG (S) CARMEN E. ALVES N ARNALDO VILLARROEL SANDOVAL
Secretario
Abg. ANDONI BARROETA
Asistente Judicial: Abg. M.F.D.S
Hora de Emisión: 1:30 PM